FARIÑA DEBENEDETTI MARÍA DEL CARMEN C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCIÓN ESPECIAL.
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando indemnización por secuelas incapacitantes. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la declaración de inconstitucionalidad de la ley provincial y determinó la incompetencia del tribunal de origen en este estado, ordenando remitir los autos.
¿Quién es el actor?
María del Carmen Fariña Debenedetti.
¿A quién se demanda?
Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de una indemnización por las secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo (acción especial iniciada el 10/6/2019).
¿Qué se resolvió?
La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la aseguradora, revocó el pronunciamiento de grado que había declarado la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.997 y la competencia del Tribunal de Trabajo n.º4, y determinó la incompetencia en este estado del tribunal de origen para entender en los presentes autos, remitiéndolos a sus efectos. Se impusieron las costas en el orden causado y se ordenó la devolución del depósito efectuado conforme al art. 280 CPCC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. El Tribunal de Trabajo n°4 del Departamento Judicial de San Isidro, con asiento en dicha ciudad, en el marco de la acción iniciada en fecha 10 de junio de 2019 por la señora María del Carmen Fariña Debenedetti contra Asociart S.A. Aseguradora de Riesgos del Trabajo, en procura del pago de una indemnización por las secuelas incapacitantes derivadas del infortunio que alegó padecer, declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.997 y su competencia para entender en autos (v. pronunciamiento de fecha 9-III-2020)."
"II. Frente a lo así resuelto, la aseguradora demandada dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (v. escrito electrónico de 7-V-2020), el que fue concedido por el a quo mediante resolución de fecha 23 de abril de 2021 y elevado a esta Suprema Corte el 13 de noviembre de 2025."
"III. El recurso prospera."
"III.1. Esta Suprema Corte ha sentado criterio en relación a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), al decidir -entre muchas otras- las causas L. 121.939, 'Marchetti' (sent. de 13-V-2020); L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo' (ambas sents. de 28-V-2020), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."
Bloque dispositivo final (decisión mayoritaria, textual):
"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de origen para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos.
Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68 seg. párr. y 289, CPCC).
El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC)."
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Normas que cita
- Ley 14.997 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 27.348art. 1 a 4 · Riesgos del trabajo
Fallos que cita
- MarchettiSCBA · 13/05/2020
- SzakacsSCBA · 28/05/2020
- DelgadilloSCBA · 28/05/2020
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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