ZALAZAR JOSÉ DOMINGO C/ SWISS MEDICAL ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL.
Reclamo por enfermedad profesional contra la ART por aplicación del plazo de caducidad de la ley 15.057. La Suprema Corte declaró inconstitucional, en el caso, el plazo previsto en el art. 2 inc. j de la ley 15.057 y revocó la sentencia que lo había aplicado, remitiendo autos al tribunal de origen.
¿Quién es el actor?
Zalazar José Domingo.
¿A quién se demanda?
Swiss Medical Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
pretensión derivada de enfermedad profesional y la eventual aplicación del plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se revocó la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad del art. 2 inc. "j" de la ley 15.057; se declaró la inconstitucionalidad de ese plazo en el caso y se remitieron los autos al tribunal de origen para que prosiga el trámite.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal remite por razones de economía y sencillez a lo resuelto en la causa L. 131.700, "Magliano" (sent. de 19-IX-2025), indicando que "a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, ley 5.827 y modif.)."
Se transcriben textualmente los pasajes finales decisivos: "Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, revocar la sentencia impugnada en cuanto juzgó aplicable el plazo de caducidad establecido en el art. 2 inc. 'j' de la ley 15.057, cuya inconstitucionalidad, en el caso, se declara. Los autos se remiten al tribunal de origen a fin de que prosiga con el trámite de las actuaciones según su estado."
Sobre costas y motivación: "Las costas de esta instancia se imponen por su orden, en atención a la novedad del tema resuelto y las dificultades interpretativas generadas por la normativa en juego (arts. 68 segundo párr. y 289, CPCC)."
Referencia a la autoridad del pronunciamiento y firma: la resolución fue suscripta por la actuario interviniente y firmada por los jueces indicados en autos.
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Normas que cita
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)art. 2 inc. "j"
- Ley 5.827 (Provincia De Buenos Aires)art. 31 bis
- Resolución 10/20 (Presidencia SCBA) (Provincia De Buenos Aires)art. 1 acápite 3 "c"
- Resolución 921/21 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
- Acordada 3.971/20 (SCBA) (Provincia De Buenos Aires)
Fallos que cita
- MaglianoSCBA · 19/09/2025
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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