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Tribunal Superior

Daddona, Patricia Ester c. Poder Ejecutivo. Enfermedad profesional.

La actora reclamó diferencias por prestación dineraria por incapacidad laboral (ley 24.557) contra la Provincia de Buenos Aires. La Corte, por mayoría, declaró constitucional el art. 86 de la ley 14.552 (modificación del art. 56 de la ley 11.653), admitió el recurso extraordinario de inaplicabilidad pero rechazó su procedencia y confirmó la sentencia de grado en lo sustancial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119446
Recurso extraordinario de inaplicabilidad Ley 14.552 art. 86 Ley 11.653 art. 56 Deposito previo al fisco provincial Inconstitucionalidad (voto en disidencia) Indemnizacion por incapacidad (ley 24.557) Ingreso base mensual (art. 12) Intereses moratorios Tasa pasiva digital (banco provincia) Provincia de buenos aires Suprema corte (tribunal superior de la provincia)

¿Quién es el actor?

Patricia Ester Daddona.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Poder Ejecutivo provincial), empleador autoasegurado.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de diferencias por la prestación dineraria por incapacidad laboral permanente parcial (art. 14 ap. 2 inc. "a" ley 24.557), monto total calculado en $144.269,38 con saldo adeudado de $50.212,87, intereses desde el 16/9/2011 y costas.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Suprema Corte declaró válida la reforma introducida por el art. 86 de la ley 14.552 al segundo párrafo del art. 56 de la ley 11.653 (eximición del depósito previo al Fisco provincial), por lo que se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en su admisión formal; no obstante, en cuanto a su procedencia material, el recurso se rechazó y se confirmaron las soluciones de mérito del tribunal de grado (con costas). Se aplicaron intereses conforme a la tasa pasiva "digital" del Banco Provincia según doctrina legal vigente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

¿Cómo votaron los jueces?

"corresponde responder afirmativamente el interrogante aquí planteado... la mentada incorporación de la excepción a la carga prevista en el art. 56 de la ley 11.653 constituye una manifestación legislativa del ejercicio de la facultad constitucional de reglar los recaudos procesales de admisión de los recursos extraordinarios locales, con arreglo a la cual se sustrae a la Provincia de Buenos Aires del cumplimiento de esa erogación económica en caso de sentencia de condena."

¿Cómo votaron los jueces?

"Corresponde rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido; con costas (art. 289, CPCC)."

¿Cómo votaron los jueces?

"La reforma del art. 56 de la ley 11.653 introducida por el art. 86 de la ley 14.552, en cuanto exime al Fisco provincial de realizar el depósito previo... es inconstitucional.... la reforma introducida por el art. 86 de la ley 14.552 al art. 56 de la ley 11.653 debe ser declarada inconstitucional en la medida que resulta violatoria de los arts. 14 bis y 16 de la Constitución nacional; 2.1 del PIDESC; 26 de la CADH y 1 del Protocolo de San Salvador (art. 75 inc. 22, Const. nac.)."

Bloque dispositivo final: "Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se declara la validez constitucional del art. 86 de la ley 14.552 en cuanto a la modificación que introdujo al art. 56 de la ley 11.653 y, por ende, bien concedido el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido. En cuanto a su procedencia, se rechaza; con costas (art. 289, CPCC)."

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