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Tribunal Superior

GUTIERREZ SEBASTIAN MATIAS C/ SWISS MEDICAL ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

Reclamó indemnización por secuelas por accidente de trabajo y enfermedad profesional contra la ART. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó el pronunciamiento de grado y remitió las actuaciones al tribunal de origen conforme a su doctrina sobre las leyes 14.997 y 27.348.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-126948
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Ley 14.997 Ley 27.348 (arts. 1 a 4) Accidente de trabajo Enfermedad profesional Indemnizacion por secuelas Remision al a quo Costas Reintegro de deposito.

¿Quién es el actor?

Gutierrez Sebastián Matías.

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de una indemnización por las secuelas incapacitantes derivadas de un accidente de trabajo y enfermedad profesional que el actor denunció padecer.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada, revocó el pronunciamiento del Tribunal de Trabajo n.º 1 de Quilmes que había declarado la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.997 y la inaplicabilidad de los arts. 1 a 4 de la ley 27.348, y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que obre de conformidad con lo resuelto por la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III.1. Esta Suprema Corte ha sentado criterio en relación a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), al decidir -entre muchas otras- las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"III.2. Bajo tales directrices, teniendo en consideración las constancias obrantes en la causa, así como lo manifestado por la parte actora en el escrito de promoción de la demanda, corresponde remitir las actuaciones a la instancia de grado a sus efectos."

Bloque dispositivo final:

"Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y revocar el pronunciamiento de grado con el alcance establecido en el punto III.2.

En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que obre de conformidad con lo aquí resuelto.

Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC).

El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC y 63, ley 11.653)."

(No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; la resolución se toma por la Suprema Corte y el bloque final determina la decisión.)

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…
  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires
  • Ley 27.348Riesgos del trabajo

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