JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

OJEDA RAMONA SUSANA C/ DIRECCION GENERAL DE CULTURA Y EDUCACION S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL.

Acción especial por accidente de trabajo promovida por Ojeda Ramona Susana contra la Dirección General de Cultura y Educación. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó el pronunciamiento de grado y determinó la incompetencia del tribunal de grado, remitiendo las actuaciones conforme a sus considerandos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-126136
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Accidente de trabajo Competencia Revocacion Leyes 14.997 y 27.348 Suprema corte Remision de autos Costas Direccion general de cultura y educacion

¿Quién es el actor?

Ojeda Ramona Susana.

¿A quién se demanda?

Dirección General de Cultura y Educación.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción especial por accidente de trabajo.

¿Qué se resolvió?

La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la decisión de grado y declaró la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en las presentes actuaciones, ordenando su remisión por la vía que corresponda. Se impusieron las costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, en lo vinculado a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Por ello, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos."

Costas: "Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC)."

(No consta voto en disidencia en el bloque dispositivo; la decisión se extrae del pronunciamiento final que es el que prevalece.)

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.