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Tribunal Superior

SILVA LANDI CARLOS JUAN MANUEL C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGO DEL TRABAJO S/ ACCIDENTE IN-ITINERE.

Demanda por accidente in itinere promovida contra ASOCIART S.A. por Silva Landi. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó el pronunciamiento de grado y declaró la incompetencia en este estado del tribunal de grado, remitiendo los autos a dicho tribunal para sus efectos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
RL-123770
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Accidente in itinere Competencia Revocatoria Ley 14.997 Ley 27.348 Costas Reintegro deposito (art. 280 cpcc) Suprema corte de justicia (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

Silva Landi Carlos Juan Manuel.

¿A quién se demanda?

ASOCIART S.A. Aseguradora de Riesgo del Trabajo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación por accidente in itinere (acción derivada de accidente de trabajo/en tránsito contra la aseguradora).

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la parte demandada, revocó el pronunciamiento de grado y determinó la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos, ordenando remitirlos a sus efectos. Asimismo impuso las costas en el orden causado y ordenó reintegrar a la recurrente el depósito efectuado conforme al art. 280 CPCC.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los agravios planteados en el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por la parte demandada hallan adecuada respuesta en lo expresado por este Superior Tribunal al decidir las causas L. 121.939, 'Marchetti', sent. de 13-V-2020; L. 123.792, 'Szakacs' y L. 124.309, 'Delgadillo', ambas sents. de 28-V-2020, en lo vinculado a la validez constitucional y aplicabilidad de las leyes 14.997 y 27.348 (arts. 1 a 4, en lo pertinente), a cuyas conclusiones y fundamentos corresponde remitir por razones de economía y sencillez (art. 31 bis, tercer párrafo, ley 5.827 y modif.)."

"Por ello, la Suprema Corte de Justicia RESUELVE: Hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto, revocar el pronunciamiento de grado con los alcances expuestos y, en consecuencia, determinar la incompetencia en este estado del tribunal de grado para entender en los presentes autos y remitírselos a sus efectos."

"Las costas se imponen en el orden causado (arts. 68, seg. párr., y 289, CPCC). El depósito efectuado en los términos del art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial deberá reintegrarse en su totalidad a la recurrente (arts. 293, CPCC y 63, ley 11.653)."

(Se transcriben los párrafos del fallo que contienen los fundamentos y el dispositivo tal como los remitidos en el texto de la sentencia.)

Leyes que cita

  • Ley 14.997 de Buenos AiresAdhiere a la ley nacional n° 27348, ley complementaria de la ley sobre riesgos del trabajo, ley 24557 (comisión médica…
  • Ley 11.653 de Buenos Aires(derogada por ley 15057) ley de procedimiento ante los tribunales laborales de la provincia de buenos aires

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