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Cámara de Apelaciones

EJECUCIÓN DE SENTENCIA: MARTINEZ, EDUARDO RAFAEL AMADO y otro C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A

Se promovió Ejecución de Sentencia y Honorarios contra Provincia A.R.T. por pago de capital y honorarios derivados de sentencia laboral. El Juzgado hizo lugar a la ejecución por $50.428.483,70 (capital $42.023.736,70 y honorarios $8.404.747,00), con interés de la tasa activa desde la mora.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-251333/2024
Costas Honorarios Ejecucion de sentencia Art Planilla de liquidacion Interes tasa activa Provincia a.r.t. Ejecucion incidental Accidente/enfermedad de trabajo Monto $50.428.483

¿Quién es el actor?

Dr. Carlos Sebastián Espada por sus propios derechos y en nombre y representación del Sr. Eduardo Rafael Amado Martinez.

¿A quién se demanda?

Provincia Aseguradora de Riesgo de Trabajo S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución de Sentencia y pago de capital y honorarios conforme sentencia obrante en expediente Nº C-165155/2020; monto requerido PESOS CINCUENTA MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES con 70/100 ctvs. ($50.428.483,70), desglosados en capital $42.023.736,70 y honorarios profesionales $8.404.747,00.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la ejecución por el monto indicado, con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago; se difirió la regulación de honorarios hasta la práctica y aprobación de planilla de liquidación; se ordenó practicar la planilla conforme pautas de la sentencia; costas a cargo del demandado; proveído de notificación por cédula y protocolización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de párrafos relevantes (texto original):

"1. Mediante escrito Nº1278664, se presenta el Dr. Carlos Sebastián Espada por sus propios derechos, y en nombre y representación del Sr. Eduardo Rafael Amado Martinez, deduciendo incidente de Ejecución de Sentencia y Honorarios en contra de la firma “PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGO DE TRABAJO S.A.” por la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES con 70/100 ctvs. ($50.428.483,70), que corresponden por capital la suma de $42.023.736,70 y por honorarios profesionales la suma de $8.404.747,00 conforme sentencia obrante en el expediente NºC-165155/2020, caratulado: “ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: MARTINEZ, EDUARDO RAFAEL AMADO C/ PROVINCIA ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO S.A.”, principal a los presentes obrados."

"2. Citado de remate en legal forma, mediante proveído del 25/6/2024, el demandado no se presenta en autos a oponer excepciones legítimas que obsten al progreso de la acción, por lo que corresponde dictar sentencia."

"3. De lo expuesto surge que, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 527 y concordantes de C.P.C. (Ley Nº6358), corresponde mandar a llevar adelante la ejecución de Sentencia y Honorarios seguida por el Dr. Carlos Sebastián Espada, por la suma de PESOS CINCUENTA MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES con 70/100 ctvs. ($50.428.483,70) en concepto de capital y honorarios con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago (Art. 770 inc. “c” del Código Civil y Comercial de la Nación)."

"4. Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes, hasta tanto se practique y apruebe planilla de liquidación conforme a las pautas establecidas en la presente Sentencia."

"Por lo expuesto, el Juzgado Unipersonal de la Sala III, Vocalía Nº7, del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.- Hacer lugar a la Ejecución de Sentencia y Honorarios ... por la suma de ... $50.428.483,70 ... con más el interés de la tasa activa desde la mora hasta el efectivo pago (Art. 770 inc. “c” del Código Civil y Comercial de la Nación). II.- Diferir la regulación de los honorarios profesionales ... III.- Practicar planilla de liquidación ... IV.- Protocolizar, notificar por cédula, etc."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos en disidencia en el texto remitido.

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