JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

EJECUCIÓN PARCIAL DE HONORARIOS: MEYER, CARLOS ARIEL C/ PROVINCIA ART S.A

El Dr. Carlos Ariel Meyer promovió ejecución parcial de honorarios por $34.953.869 contra PROVINCIA ART S.A. La Vocalía Unipersonal Nº7 hizo lugar al incidente, ordenó la ejecución hasta obtener el pago íntegro más IVA e intereses, impuso costas a la demandada y dispuso practicar planilla de liquidación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 7
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-260555/2024
Costas Honorarios Embargo Ejecucion parcial Planilla de liquidacion Provincia art s.a. Ley 6361 Intereses (tasa activa banco nacion) Sentencia regulatoria Ley 6368

¿Quién es el actor?

Dr. Carlos Ariel Meyer, por derecho propio.

¿A quién se demanda?

Firma PROVINCIA ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución parcial de honorarios regulados en el expediente principal Nº C-189543/21 por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE con 00/100 ctvos. ($34.953.869,00), más IVA en su caso y los intereses correspondientes.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al incidente de ejecución parcial de honorarios ordenando la ejecución hasta obtener el íntegro pago de $34.953.869,00 más IVA en su caso y los intereses pactados; se impusieron las costas a la demandada, se diferenció la regulación de honorarios de los letrados hasta la planilla de liquidación y se ordenó practicar dicha planilla conforme las pautas de la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1. Mediante escrito Nº1468794, se presenta el Dr. Carlos Ariel Meyer, por derecho propio, deduciendo incidente de ejecución de honorarios en contra de la firma “PROVINCIA ART S.A.” por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE con 00/100 ctvos. ($34.953.869,00) en concepto de honorarios profesionales regulados en el expediente NºC-189543/21, caratulado: “ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: TOLABA, GERONIMO y otro C/ PROVINCIA ART S.A.”, principal a los presentes obrados."

"3. En tal sentido, teniendo en cuenta las constancias de autos y las del expediente principal NºC-189543/21, corresponde expedirme sobre las mismas; en función a ello, se advierte que el monto en concepto de honorarios por el que se persigue la presente ejecución surge de la sentencia dictada en los autos principales, la que al momento de la presentación del presente incidente no se encontraba firme conforme recurso de apelación interpuesto en contra de la misma, resuelto por el tribunal de alzada a la fecha; sin perjuicio de ello, la nueva Ley Procesal del Trabajo (Ley Nº6361), dispone en su artículo 23 que: “Una vez firme la sentencia o si, habiendo sido objeto de recurso, este no tuviere efecto suspensivo u otorgada la fianza correspondiente, su ejecución será promovida a instancia de parte… La ejecución parcial de la sentencia se promoverá mediante incidente en los términos del presente artículo…”, surgiendo de la tramitación de estos obrados que se cumple con lo allí establecido. Asimismo, la parte demandada se allana con su presentación a la acción promovida por el Dr. Carlos Ariel Meyer, indicando que: “…en cuyo RECURSO DE APELACION no se encuentran controvertidos los honorarios del Letrado. …”, por lo que corresponde dictar sentencia."

"4. Teniendo presente lo dispuesto por el artículo 1º de la L.P.T., artículos 531 y 568 del C.P.C.C., y artículo 61 de la Ley Nº6368, corresponde mandar llevar adelante la ejecución parcial de honorarios seguida por el Dr. Carlos Ariel Meyer por la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE con 00/100 ctvos. ($34.953.869,00) en concepto de honorarios profesionales regulados en el expediente NºC-189543/21, más IVA en caso de corresponder; monto este que, en caso de mora y hasta su efectivo pago devengará intereses según tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina para sus operaciones de descuento de documentos comerciales (art. 58, Ley 6368) desde la fecha de la presente y hasta su efectivo pago."

Bloque resolutorio final (texto íntegro del dispositivo):

"I. Hacer lugar a la Ejecución Parcial de Honorarios promovida por el Dr. Carlos Ariel Meyer, por derecho propio, en contra de la firma “PROVINCIA ART S.A.”, hasta obtener el íntegro pago de la suma de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE con 00/100 ctvos. ($34.953.869,00) en concepto de honorarios profesionales, más IVA en caso de corresponder, con más los intereses indicados en los considerandos.

II. Imponer las costas a la demandada en su carácter de vencida (art.128, C.P.C.C.).

III. Diferir la regulación de los honorarios de los letrados hasta tanto se practique y apruebe la planilla de liquidación correspondiente.

IV. Practicar planilla de liquidación conforme las pautas establecidas en la presente Sentencia.

V. Notificar por cédula, protocolizar, etc."

No constan votos en disidencia; la resolución es adoptada por la Vocalía Unipersonal Nº7 (Sala III).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.