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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: FERNANDEZ, SABRINA MARIEL c/ TORRES DAVID

La actora promovió demanda por despido y las partes celebraron un convenio transaccional para poner fin al litigio. La Vocalía Unipersonal homologó el convenio en todas sus partes por constituir “una justa composición de intereses” y ordenó la liquidación por Secretaría de las tasas y contribuciones a cargo del demandado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala I-Vocalía 1
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-202042/2022
Tasa de justicia Homologacion Despido Tribunal del trabajo Convenio transaccional Liquidacion por secretaria C.a.p.s.a.p. L.c.t. art. 277 L.p.l. art. 16 Registro y protocolizacion

¿Quién es el actor?

Sabrina Mariel FERNANDEZ.

¿A quién se demanda?

David TORRES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por despido (expediente “DESPIDO: FERNANDEZ, SABRINA MARIEL c/ TORRES DAVID”, Expte. Nº C-202042/22).

¿Qué se resolvió?

Homologación del convenio transaccional celebrado entre las partes; se dispone la liquidación por Secretaría de la tasa de justicia y la contribución para C.A.P.S.A.P. a cargo del demandado; registrar, protocolizar y hacer saber.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que previo al inicio de la audiencia de vista de causa prevista para el día de la fecha, comparece la actora Sra. Sabrina Mariel FERNANDEZ junto a su apoderado Dr. Juan Manuel UGARTE y el Dr. Humberto TORREJON en representación del demandado Sr. David TORRES, quienes dan cuenta a esta Vocalía Unipersonal del acuerdo transaccional al que arribaron y por el cual ponen fin a la cuestiones debatidas en la presente causa.-

Que dicho convenio se encuentra ratificado en sede judicial conforme consta de acta digitalizada; con lo que cumplidos los recaudos de ley (arts. 277 L.C.T. y 16 de la L.P.L.) y representando el mismo una justa composición de intereses, nada obsta a la homologación del aludido acuerdo.-"

Y la parte resolutiva final:

"I) Homologar en todas sus partes y en cuanto por derecho hubiere lugar el convenio celebrado entre la Sra. Sabrina Mariel FERNANDEZ y el Sr. David TORRES, sin perjuicio de terceros.

II) Liquidar por Secretaría tasa de justicia, contribución para C.A.P.S.A.P las que son a cargo del demandado.-

III) Registrar, protocolizar y hacer saber.-"

¿Cómo votaron los jueces?

Resolución dictada por Vocalía Unipersonal Nº 1 (Juez Arrieta, María Silvina); no existen votos en disidencia consignados.

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