SALCES, VICTOR HUGO C/ SWISS MEDICAL ART S.A s/ ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO
El actor demandó por prestaciones dinerarias y secuelas por accidente de trabajo ocurrido el 23/08/2023. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. al pago de $376.150,92 por diferencias indemnizatorias, declaró la inconstitucionalidad del art. 64 de la Ley de Aranceles 6368 y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
Víctor Hugo Salces, representado por el Dr. Diego Germán Roldán Ruiz Díaz y patrocinado por el Dr. Facundo Agustín Luna.
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Prestaciones dinerarias y en especie previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo (LRT 24.557) por secuelas de accidente de trabajo (quemaduras tipo AB en ambos glúteos, ocurrido el 23/08/2023); impugnación del dictamen de Comisión Médica y reclamar diferencia indemnizatoria y prestaciones en especie.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a SWISS MEDICAL ART S.A. al pago de $ 376.150,92 por diferencias de prestación dineraria (art. 14, apartado 2-a LRT y art. 3 Ley 26.773), se impusieron las costas a la demandada, se declaró la inconstitucionalidad del art. 64 de la Ley de Aranceles 6368 y se regularon honorarios para los profesionales intervinientes (monto y procedimiento de actualización expresados en la sentencia).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Teniendo en cuenta la autoridad institucional y jerárquica de los pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en su carácter de intérprete final de la Constitución Nacional, corresponde acatar el criterio allí sentado. En consecuencia, y en aras de la seguridad jurídica, me remito al citado precedente, el cual resulta plenamente aplicable al caso de autos y despeja cualquier cuestionamiento en torno a la validez del tránsito obligatorio por las Comisiones Médicas."
"En la presente causa, el perito médico designado, Dr. Marcelo Cachagua, informó la existencia de cinco cicatrices hipertróficas e hipercrómicas en ambos glúteos... El perito concluyó que se trata de quemaduras tipo AB, con 0,20 % de SCT en el derecho y 0,20 % en el izquierdo. Aplicó el baremo (Dec. 659/96), considerando la profundidad AB, y asignó 0,40 % por glúteo, total 0,80 %. Agregó edad (59 años) como único factor (0,07 %), resultando 0,87 % de incapacidad laboral parcial y permanente. Indicó además que el actor no se encuentra en tratamiento psiquiátrico por la patología demandada y no presenta otras alteraciones anatomofuncionales relacionadas."
"Realizado el cálculo de ambas prestaciones (art. 14 inc. 2-a L.R.T. y art. 3 Ley 26773) al 15/03/2024 (fecha del pago parcial), éstas ascienden a la suma de $ 715.474,45 y deducido el pago parcial de $ 514.411,63, resulta una diferencia a favor del trabajador de $ 201.062,83, que por integrando el capital indemnizatorio del art. 14.2.a + art. 3 Ley 26.773, se actualiza por RIPTE hasta la fecha de este pronunciamiento, obteniendo la suma de $ 376.150,92 que se determina como monto de condena"
"No se aplican los intereses previstos en el art. 64 de la ley 6368 por encontrarse en pugna con la Constitución Nacional... que comparto y a los cuales me remito."
¿Cómo votaron los jueces?
Vocalía unipersonal (Jueza Sonia M. Farfán). No consta disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.