ENFERMEDAD/ACCIDENTE DE TRABAJO: FLORES, JOSE OMAR C/ GALENO ART S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional (hipoacusia) contra Galeno ART S.A. solicitando prestaciones dinerarias y en especie. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, declaró la inconstitucionalidad de los arts. 21 y 46 de la ley 24.557 para el caso, condenó a la A.R.T. a pagar la indemnización por incapacidad definitiva del 11,08% y diferir el cálculo del monto y honorarios.
¿Quién es el actor?
José Omar Flores, por intermedio del Dr. Martín Daniel Hernández.
¿A quién se demanda?
Galeno ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reconocimiento y resarcimiento por enfermedad profesional (hipoacusia neurosensorial) y prestaciones dinerarias por incapacidad laboral permanente parcial (provisoria y definitiva) y prestaciones en especie.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, se declaró inconstitucionales para el caso los arts. 21 y 46 de la ley 24.557 (y normas reglamentarias concordantes) en materia de competencia, se condenó a Galeno ART S.A. a pagar la indemnización por enfermedad profesional por una incapacidad definitiva del 11,08% de la TOT, con costas, y se diferió el cálculo del monto de condena y de honorarios profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el sentido expuesto, el Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy es competente en razón de lo resuelto en las causas “Castillo”, “Obregón”, “Venialgo” y “Marchetti” por la C.S.J.N. ... Es así que los arts. 21 y 46 de la L.R.T., en un claro apartamiento a las disposiciones constitucionales (art. 75 inc. 12 de la Constitución Nacional), sustraen la materia que se discute en este pleito de la justicia ordinaria, lo cual no puede ser admitido."
"Con estos elementos determinó que el Sr. José Omar Flores ostenta por hipoacusia profesional un 11,08% de incapacidad parcial permanente y definitiva de la T.O., incluidos los factores de ponderación."
"Por lo expuesto, el Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, Resuelve: I.- Declarar la inconstitucionalidad para el caso de los arts. 21 y 46 de la ley 24.557, tacha que se hace extensiva a las normas que resulten reglamentarias de éstos en materia de competencia. II.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por José Omar Flores en contra de Galeno ART S.A. y condenarla a pagar la indemnización por enfermedad profesional, según los argumentos desarrollados, con costas. III.- Diferir el cálculo del monto de condena y de los honorarios profesionales."
(El tribunal es unipersonal — Dr. Agustín Ontiveros — no se registra voto en disidencia.)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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