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Cámara de Apelaciones

DESPIDO: CASTILLO, GISELA ELIZABETH C/ TRANS GOL SRL

La actor promovió demanda por despido contra TRANS GOL SRL y las partes celebraron y presentaron un convenio transaccional por $15.000.000. El Tribunal homologó el convenio del 10/06/2026 y reguló honorarios profesionales y periciales fijándolos en los montos expresados en la resolución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8 (JUJUY)
Fuero
Tribunal del Trabajo-Sala III-Vocalía 8
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
C-223702/2023
Regulacion de honorarios Peritos Lct Despido Costas a la demandada Homologacion de transaccion Lpl Monto convenio $15.000.000 Honorarios $1.000.000 / $2.000.000 / $3.000.000 Honorarios peritos $525.000.

¿Quién es el actor?

Castillo, Gisela Elizabeth.

¿A quién se demanda?

TRANS GOL SRL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido; las partes celebraron un acuerdo transaccional por $15.000.000.

¿Qué se resolvió?

Homologación del convenio de fecha 10 de junio de 2026; regulación de honorarios de abogados y peritos en los montos consignados; costas impuestas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En el acuerdo celebrado se contempla el interés de las partes por lo que es viable su aprobación, en virtud de lo normado por los arts. 1.641, 1.642 y cc. del Código Civil y Comercial. La Sra. Gisela Elizabeth Castillo ratificó de manera personal y acompañado por su letrado el convenio en estos obrados. Se han observado las disposiciones del art. 15 de la LCT y concordantes, en el marco del art. 16 de la LPL. De las constancias de autos surge que la transacción satisface adecuadamente los requerimientos legales, por lo que procede homologarla."

"De conformidad con las bases brindadas por los arts. 01, 15, 16, 17, 20, 23, 24, 31 y cc. de la ley Nº 6.368, según el mérito, extensión de la labor desarrollada y el monto del convenio ($15.000.000) se regulan los honorarios del Dr. Sergio Darío Gutiérrez en la suma de pesos un millón ($1.000.000), los del Dr. Saul Nelson David Vázquez en la suma de pesos dos millones ($2.000.000) y los del Dr. Carlos Ariel Meyer se fijan en la suma de pesos tres millones ($3.000.000), todo más el impuesto al valor agregado si correspondiere."

"En lo que respecta a los honorarios de la perita contador C.P.N. Sonia Cristina Ibáñez y los del médico Dr. Carlos Rafael Gaspar se estima justo regularlos en la suma de pesos quinientos veinticinco mil ($525.000) para cada uno de ellos, más el impuesto al valor agregado si correspondiere. Esta cifra se ha calculado de conformidad con lo establecido por la acordada Nº 114/16 del Superior Tribunal de Justicia y el art. 200 de la L.O.P.J."

"Estos montos se encuentran determinados a la fecha de la presente resolución por lo que sólo en caso de mora se liquidarán intereses con la tasa activa cartera general (préstamos) nominal anual vencida a treinta días del Banco de la Nación Argentina. Las costas se imponen a la demandada (Clausula 3 del acuerdo)."

¿Cómo votaron los jueces?

No constan votos ni disidencias; la parte resolutiva final del tribunal dispone la homologación y la regulación de honorarios en los montos indicados.

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