Enfermedad/Accidente de Trabajo: CARRILLO, Javier c/ EXPERTA ART S.A
El actor promovió demanda por enfermedad profesional contra EXPERTA ART S.A. solicitando indemnización y se declaró acreditada la limitación funcional de la columna lumbosacra vinculada al trabajo. El Tribunal del Trabajo hizo lugar a la demanda, condenó a EXPERTA ART S.A. a pagar $79.485.193,47 por indemnización y reguló costas y honorarios en los montos consignados.
¿Quién es el actor?
Sr. Javier CARRILLO, representado por el Dr. Carlos Sebastián Espada.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A. (representada por la Dra. Carmen Soledad Valencia).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por enfermedad profesional (limitación funcional de la columna lumbosacra y hipoacusia profesional) derivada de tareas desarrolladas en mina subterránea.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a EXPERTA ART S.A. a abonar $79.485.193,47 por indemnización por enfermedad profesional; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios y peritajes por los montos indicados en la parte dispositiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En lo que respecta a la prueba pericial, el perito médico informó que el actor presenta limitación funcional de la columna lumbosacra por espondiloartrosis e hipoacusia profesional, patologías que consideró acreditadas sobre la base del examen clínico practicado, los estudios complementarios incorporados a la causa y la aplicación del Baremo previsto por la Ley de Riesgos del Trabajo. Asimismo, sostuvo que ambas afecciones guardan relación causal con las tareas desempeñadas por el trabajador y con las condiciones ergonómicas del ambiente laboral, descartando la incidencia de factores constitucionales, hereditarios, metabólicos o inculpables. En función de ello, determinó una incapacidad del 9,00% por la limitación funcional de la columna lumbosacra y del 3,22% por hipoacusia profesional, estableciendo una incapacidad total del 13,68% de la total obrera, incluidos los factores de ponderación, sin registrar incapacidades preexistentes."
"En cambio, las conclusiones del experto relativas a la limitación funcional de la columna lumbosacra encuentran adecuado sustento en el examen físico realizado, en los estudios médicos incorporados al proceso y, fundamentalmente, en las tareas acreditadas mediante la pericia técnica, las cuales evidencian una exposición prolongada a factores ergonómicos aptos para provocar o agravar dicha afección. En consecuencia, corresponde tener por acreditada una incapacidad del 9,00% por dicha patología."
"A ese porcentaje deben adicionarse los factores de ponderación previstos por la normativa aplicable, correspondientes a dificultad intermedia para la realización de las tareas habituales (10%) y edad (2%), que totalizan un 12%. Aplicado dicho porcentaje sobre la incapacidad base (12% de 9%), resulta un adicional de 1,08%, por lo que la incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva asciende al 9,09% de la total obrera."
"Consecuentemente, el monto indemnizatorio que debe percibir el Sr. Javier CARRILLO por su incapacidad derivada por enfermedad profesional asciende a la fecha de la presente en concepto de capital e intereses a la suma de PESOS SETENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES CON 47/100 ($ 79.485.193,47) en concepto de indemnización por enfermedad profesional, el que deberá ser abonado en un solo pago..."
"Por todo ello, la Vocalía Unipersonal Nº 1 del Tribunal del Trabajo de la Provincia de Jujuy, RESUELVE: I.- Hacer lugar a la demanda promovida por el Sr. Javier CARRILLO en contra de la razón social EXPERTA ART S.A a quién se condena a abonar la suma de ... $79.485.193,47 ... II.- Regular los honorarios profesionales ... III.- Hacer saber."
¿Cómo votaron los jueces?
Resolución dictada por la Vocalía Unipersonal Nº 1 (Jueza Arrieta María Silvina); no constan votos en disidencia.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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