TERMINAL DE TUCUMAN S.A. c/ PROVINCIA DE TUCUMAN s/ DAÑOS Y PERJUICIOS
Terminal de Tucumán S.A. demandó a la Provincia de Tucumán por daños y perjuicios por el supuesto nulo o deficiente ejercicio del poder de policía que impidió el ingreso obligatorio de frecuencias a la Estación Terminal. La Sala en lo Laboral y Contencioso Administrativo hizo lugar al recurso de casación, casó íntegramente la sentencia de la Cámara de fecha 04/12/2014 y remitió la causa para que se dicte un nuevo pronunciamiento acorde a la correcta interpretación contractual.
¿Quién es el actor?
Terminal de Tucumán S.A.
¿A quién se demanda?
Provincia de Tucumán
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por daños y perjuicios derivados del nulo o deficiente ejercicio por parte de la Provincia del poder de policía y de las facultades coercitivas para lograr que las empresas concesionarias del transporte cumplieran la obligación de ingreso de todas las frecuencias oficiales a la Estación Terminal (toques de andén).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso de casación interpuesto por la actora, se dejó íntegramente sin efecto la Sentencia Nº 825 de la Sala IIIª de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de fecha 04/12/2014 y se remitió la causa para que la Cámara dicte un nuevo pronunciamiento, conforme a la doctrina fijada sobre la interpretación contractual. Se impusieron las costas de la casación a la Provincia de Tucumán. Voto unánime (Goane, Castellanos y Acosta).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La respuesta afirmativa a dicho interrogante se impone en la medida que la pretendida delegación transestructural de cometidos, sobre la cual se basa el A quo para eximir de responsabilidad a la demandada en autos, carece de todo respaldo normativo, lo que determina el carácter dogmático del argumento en examen y su consecuente falta de aptitud para erigirse en fundamento suficiente de un acto jurisdiccional válido."
"En efecto; de ninguna de las cláusulas contractuales y disposiciones reglamentarias que se invocan en el fallo atacado, surge que la Provincia de Tucumán haya delegado en la razón social actora el ejercicio del poder de policía, a los fines de que esta última pueda compeler a las concesionarias del servicio público de transporte de pasajeros, de corta, media y larga distancia, a cumplir con la normativa vigente relativa al ingreso obligatorio a la Terminal de ómnibus de todas las frecuencias oficiales programadas."
"En mérito a todo lo señalado corresponde hacer lugar al recurso de casación incoado por Terminal del Tucumán S.A. contra la Sentencia Nº 825 dictada por la Sala IIIªde la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo en fecha 04 de diciembre de 2014, sobre la base de la siguiente doctrina legal: 'Incurre en arbitrariedad, y por ende resulta descalificable como acto jurisdiccional válido, la sentencia que formula una interpretación con evidente desapego a la voluntad de las partes contratantes'. En consecuencia se deja íntegramente, sin efecto, la sentencia en crisis y se dispone la remisión de las presentes actuaciones a la Excma. Cámara a los fines que, por la Sala que corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento..."
(Dispositivo relevante transcripto) "I.- HACER LUGAR, con devolución del depósito de ley, al recurso de casación interpuesto por la parte actora contra la Sentencia Nº 825 dictada. por la Sala IIIª de la Excma. Cámara en lo Contencioso Administrativo, en fecha 04 de diciembre de 2014. En consecuencia: CASAR íntegramente dicho acto jurisdiccional, dejándolo sin efecto, conforme a la doctrina legal enunciada en el considerando de la presente resolución, y REMITIR la causa al mencionado tribunal a fin que, por la Sala que corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento, acorde a lo aquí considerado y a las constancias de la causa. II.- COSTAS como se consideran."
¿Cómo votaron los jueces?
No hubo disidencia; los Vocales Goane, Castellanos y Acosta votaron en igual sentido.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.