CAMPOS MIRTA HAYDEE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a la ANSES pidiendo reajuste de sus haberes previsionales y la declaración de inconstitucionalidad de varias leyes de movilidad. El Juzgado admitió la excepción de cosa juzgada, rechazó los planteos de inconstitucionalidad (leyes 26417, 27426, 27541 y 27609) y declaró abstracta la excepción de prescripción.
¿Quién es el actor?
CAMPOS MIRTA HAYDEE.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pedido de redeterminación del haber inicial y reajuste de beneficios previsionales (reajustes varios) y, subsidiariamente, declaración de inconstitucionalidad de las leyes 26.417; 27.426; 27.541 y 27.609.
¿Qué se resolvió?
Se admitió la excepción de cosa juzgada opuesta por la parte demandada respecto de la cuestión ya resuelta en la causa EXPTE 79288/2019; se rechazó la demanda en cuanto solicita la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609; se declaró abstracta la excepción de prescripción opuesta por la demandada; se impusieron costas y se regularon honorarios para la representación de la actora en $540.025 (5 UMAs), con más IVA si correspondiera.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De lo manifestado por el titular y de las constancias de la causa, se desprende que el actor obtuvo sentencia definitiva de este Juzgado Federal de Primera Instancia de la Seguridad Social n° 8, en la causa 'CAMPOS MIRTA HAYDEE C/ ANSES s/ reajustes varios' EXPTE 79288/2019, en la cual se dictó sentencia con fecha 04-05-2021 ordenando la redeterminación del haber inicial de los servicios dependientes y autónomos y en cuanto a la movilidad deberá estarse a lo dispuesto en la ley 26417. Posteriormente la Sala III de la Excma. Cámara Federal de la Seguridad Social modificó parcialmente dicha sentencia."
"Sabido es que la cosa juzgada no sólo alcanza a todas las cuestiones planteadas y debatidas en un proceso, y expresamente decididas por los jueces, sino que abarca, incluso, aquéllas que, pudiendo haber sido propuestas, y no lo fueron; cubre lo aducido y lo aducible..."
"En torno a la inconstitucionalidad de la ley 26.417, la Excma. Cámara del Fuero ha señalado que: 'La sola invocación de ser la norma objetada violatoria de la Constitución Nacional, resulta insuficiente para obtener la declaración de inconstitucionalidad que se pretende, siendo menester invocar y demostrar en el caso concreto el perjuicio que ella apareja' (conf. Sala III, in re: 'Poch Pereyra Elena Beatriz c/ANSeS s/reajustes', del 5/8/2009)."
"La CSJN en el fallo 'Fernandez Pastor, Miguel Ángel c/Anses s/Amparos y sumarisimos', de fecha 04/12/2025 sostuvo ... 'la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018– ni se contaba con los elementos necesarios para ello...'. Por economía procesal se rechaza la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426."
"En relación al planteo de inconstitucionalidad de la Ley 27541 –suspensión de la movilidad–... no acreditando un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado corresponde su rechazo."
(No consta voto en disidencia en el expediente; la decisión adoptada es la que resulta del bloque dispositivo citado.)
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.