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Tribunal Superior

QUIROGA SEGUNDO GERMAN C/ PEREZ ADOLFO Y OTRO S/ COBRO DE PESOS - LABORAL- RECURSO DE QUEJA.-

El actor promovió recurso de queja contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad en un juicio por cobro de pesos de naturaleza laboral. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la queja por carecer de agravio constitucional suficiente y por la naturaleza excepcional y restrictiva de la vía.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 327802/18
Recurso de queja Inconstitucionalidad Admisibilidad Arbitrariedad Via excepcional Articulo 285 cpc y c. Laboral Cobro de pesos Procurador general Rechazo.

¿Quién es el actor?

QUIROGA SEGUNDO GERMÁN.

¿A quién se demanda?

PEREZ ADOLFO y otro (AGÜERO).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo laboral (cobro de pesos) y recurso de inconstitucionalidad cuya denegatoria fue impugnada mediante recurso de queja. El actor cuestiona la valoración probatoria de la Cámara y alega arbitrariedad en la denegatoria.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el recurso de queja por falta de agravio constitucional suficiente y por tratarse de una vía excepcional cuya admisión debe ser restrictiva.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El escrito recursivo no revela la invocada arbitrariedad por infracción constitucional -ni el caso constitucional-, e ingresar al análisis de las cuestiones propuestas, abriendo la queja como se solicita, implicaría el ejercicio de un discernimiento jurisdiccional propio de las instancias ordinarias, ajeno al carácter de excepción que tiene este tribunal, en lo que respecta a la resolución de los recursos extraordinarios de inconstitucionalidad y a las quejas por denegación de aquel."

"Por ello, es de plena aplicación al presente, lo reglado en el artículo 285 del CPC y C., en cuanto faculta al Superior Tribunal, a desestimar la queja sin más trámite, por falta de agravio constitucional suficiente, o cuando las cuestiones planteadas resultaren insustanciales, o carentes de trascendencia."

"En consecuencia y conforme lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

Citas jurisprudenciales invocadas por el tribunal: "la tacha de arbitrariedad no constituye un fundamento autónomo del recurso de inconstitucionalidad", y referencias a Fallos de la Corte Suprema y jurisprudencia del propio STJSL sobre el carácter excepcional de la vía (p. ej. Fallos: 297:235; Fallos: 311:1950; STJSL fallos citados).

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución aparece firmada por los Ministros MARTHA RAQUEL CORVALÁN, LILIA ANA NOVILLO y CARLOS ALBERTO COBO. No se registran votos en disidencia en el texto provisto.

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