JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

ORTIGOSO SANTIAGO DUARTE C/ DESARROLLOS TRAMA S.A. Y PREVENCION A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.-

El actor interpuso recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra la sentencia que revocó la condena por accidente laboral y rechazó la demanda. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso por falta de mérito en los agravios: la Cámara motivó con suficiente razonamiento la ausencia de prueba del nexo causal y la improcedencia de aplicar el in dubio pro operario en la vía civil.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 199574/10
Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Accidente laboral Responsabilidad civil Nexo causal Prueba testifical Arbitrariedad de sentencia In dubio pro operario Costas Admisibilidad San luis

¿Quién es el actor?

Ortigoso Santiago Duarte (recurrente).

¿A quién se demanda?

Desarrollos Trama S.A. y Prevención A.R.T. S.A. (codemandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pretensión indemnizatoria por accidente o enfermedad laboral; en la vía de responsabilidad civil (daños y perjuicios).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto el 21/12/2017; costas a la recurrente vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De la lectura de la sentencia traída a examen, en contrapunto con los argumentos recursivos relacionados en lo pertinente, concluyo que el embate recursivo no puede prosperar."

"En relación a los agravios expuestos, debe decirse que para una suficiente fundamentación jurídica no es indispensable indicar el o los artículos en los cuales se encuentra contenida la disposición jurídica que se cree de aplicación, sino precisar con rigor cuál es ésta."

"En el caso, los jueces decidieron que no se ha podido establecer la relación causal entre el hecho y el daño, por falta de prueba, de cuya ausencia o exigüidad dieron cuenta con bastante detalle."

"Los camaristas razonaron: 'La sentencia (de primera instancia) considera probado el hecho con los testimonios coincidentes de Díaz, Perazzoli y Alcaraz, pero ninguno de ellos estuvo presente cuando el mismo se produjo, por lo que no tenemos otros datos que los aportados por el actor y lo que él contó a Díaz y Alcaráz. Perazzoli sólo se enteró. Sin embargo, Alcaráz confirma que Ortigoso estaba trabajando con otra persona de la que no tenemos ni siquiera su nombre, porque a pesar de referirse esta circunstancia en la demanda no se dijo quién era ni tampoco se le preguntó a Alcaráz'."

"Los camaristas agregaron: 'En definitiva, existiendo una persona que podría haber confirmado el relato del actor, pues se habría encontrado con él, no ha sido traído a la causa y ello sella la suerte de la misma, pues para poder establecer la relación causal entre el hecho y el daño, ambos deben ser probados…'"

"En definitiva, puede apreciarse –en relación al primer agravio- que la sentencia cuenta con un claro abordaje jurídico... la doctrina de la responsabilidad civil, que estudia cuándo se está frente a la obligación de reparar un perjuicio... sin que se aprecie indispensable la cita normativa para la suficiente fundamentación de la sentencia."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Martha Raquel Corvalán abrió y propuso la negativa; los Dres. Lilia Ana Novillo y Carlos Alberto Cobo compartieron y votaron en igual sentido. Bloque dispositivo final: SE RESUELVE: I) Rechazar el recurso extraordinario de inconstitucionalidad interpuesto en fecha 21/12/2017. II) Costas a la recurrente vencida.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.