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Cámara de Apelaciones

DE PEDRO, CELSO GONZALO c/ EN-ARCA-LEY 20628 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El actor demandó la inconstitucionalidad de la aplicación del impuesto a las ganancias sobre su haber jubilatorio y pidió la restitución de las retenciones. La Cámara hizo lugar al recurso de apelación de la demandada y modificó la sentencia de primera instancia en los términos del Considerando IV, imponiendo las costas por su orden.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 052208/2025/CA001
Impuesto a las ganancias Jubilacion Accion declarativa de inconstitucionalidad Costas En-arca Restitucion de retenciones Art. 56 l.11.683 Art. 68 cpccn Rg afip Decretos

¿Quién es el actor?

Celso Gonzalo De Pedro.

¿A quién se demanda?

el fisco nacional —EN-ARCA— (Administración federal).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción declarativa de inconstitucionalidad sobre la aplicación del impuesto a las ganancias al haber jubilatorio del actor (art. 23 inc. c), 79 inc. c), 81 y 90 de la ley de impuesto a las ganancias t.o. 2019 y reformas por leyes 27.617, 27.667, 27.701 y 27.743; decretos 394/16, 298/22, 714/22, 473/23 y 652/24; RG AFIP 5280 y 5417), cese de los descuentos y restitución de las sumas retenidas con intereses; además, impugnación del art. 179 de la ley 11.683 y resoluciones 314/04, 598/19 y 559/22.

¿Qué se resolvió?

la Cámara, por mayoría, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada y, en consecuencia, modificó la sentencia de primera instancia con los alcances establecidos en el Considerando IV, imponiendo las costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Debo comenzar por advertir que asiste razón al apelante. En este sentido, estimo que corresponde modificar su imposición y distribuir las costas de primera instancia en el orden causado, extendiendo dicho criterio a las de alzada..." (Considerando IV).

2) El voto explica la modificación desde la perspectiva de la distribución de costas: "corresponderá hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por la demandada, modificar parcialmente la sentencia en cuanto a los alcances establecidos en el Considerando IV e imponer las costas de ambas instancias por su orden (art. 68, segunda parte, del Código Procesal)".

3) Sentencia de primera instancia (resumida por el Tribunal): el juez de primera instancia, el 27/08/26, había hecho lugar a la demanda, declarado la inconstitucionalidad de la aplicación de las retenciones sobre el haber jubilatorio del Sr. De Pedro y dispuesto el reintegro de las sumas retenidas por cinco años con intereses (art. 56 ley 11.683), imponiendo las costas a la demandada (art. 68, primer párrafo, CPCCN).

¿Cómo votaron los jueces?

el voto que integra el acuerdo fue del Dr. Jorge Eduardo Morán; los Dres. Sergio Gustavo Fernández y José Luis López Castiñeira adhieren. No se registran disidencias relevantes en el acuerdo.

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