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Tribunal Superior

RODRIGUEZ JORGE C/ GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS - RECURSO DE APELACION DIRECTO

Se solicitó la regulación de honorarios del apoderado de la actora por la actuación en el recurso de apelación directa contra el Gobierno de la Provincia de San Luis. El Superior Tribunal reguló los honorarios en $3.144 y dispuso que devengarán interés aplicando la tasa activa del BNA desde la fecha de firmeza hasta su efectivo pago.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 315536/17
Regulacion de honorarios Recurso de apelacion directa Tasa activa bna Monto de proceso $26.201 28 Honorarios $3.144 Ley iv-0910-2014 art.14 Aranceles profesionales Costos y costas Actuacion de apoderado Gobierno provincia de san luis

¿Quién es el actor?

RODRÍGUEZ JORGE (actora representada por el Dr. Carlos A. Acevedo).

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de San Luis.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios profesionales por la actuación del apoderado de la actora en el expediente correspondiente al “RECURSO DE APELACIÓN DIRECTO”.

¿Qué se resolvió?

Se regularon los honorarios del Dr. Carlos A. Acevedo en la suma de PESOS TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO ($ 3.144.-) y se dispuso que las sumas devengarán interés calculado aplicando la tasa activa que cobra el BNA desde la fecha en que quede firme el resolutorio hasta su efectivo pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo (texto original):

"2) Que, a los efectos regulatorios, el monto del proceso asciende a la suma de pesos VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS UNO CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($ 26.201,28.-), dado que dicha suma es el monto del embargo tramitado en autos. Sobre ese monto, se calculan los honorarios que corresponderían a primera instancia, dando como resultado la suma de pesos SIETE MIL OCHOCIENTOS SESENTA, CON TREINTA Y SIETE CENTAVOS ($ 7.860,37.-) y, tomando sobre esa cifra el cuarenta por ciento (40%) por la apelación, obteniéndose un total de pesos TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO ($ 3.144.-)."

"Por último, cabe destacar que las sumas reguladas devengarán un interés que surja de aplicar la tasa activa que publica el BNA, con sus oscilaciones a través del tiempo desde la fecha en que quede firme el presente resolutorio, hasta la fecha del pago total y efectivo, de conformidad a lo establecido por el art 57 de la Ley de Aranceles Profesionales."

Bloque dispositivo final (texto original):

"SE RESUELVE: I) Regular los honorarios del Dr. CARLOS A. ACEVEDO, por la actuación en el carácter de apoderado de la actora, en la suma de PESOS TRES MIL CIENTO CUARENTA Y CUATRO ($ 3.144.-). II) Las sumas reguladas devengarán un interés que se calculará aplicando la tasa activa que cobra el BNA, desde la fecha en que quede firme el presente resolutorio y hasta su efectivo pago. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE.-"

(No se registran votos en disidencia en el texto suministrado.)

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