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Tribunal Superior

INC DE CASACION PARTICULAR DAMNIFICDO GARCES JAVIER (IMP) TOLEDO GABRIELA (DEN) ABUSO SEXUAL - INCIDENTE SOLICITA PARTICIPACION AMICUS CURIAE -

Solicitan participación como amicus curiae en incidencia de casación particular por causa de abuso sexual contra Toledo Gabriela. El Superior Tribunal de Justicia rechazó la petición por no acreditarse trascendencia colectiva ni que el planteo exceda el mero interés de las partes, atendiendo el dictamen del Procurador General.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
INC 120979/5
Amicus curiae Incidente Casacion particular Abuso sexual Camara gesell Valoracion probatoria Trascendencia colectiva Secretaria de la mujer Procurador general Solicitud rechazada.

¿Quién es el actor?

Dra. Mónica Dassetto (Jefa del Centro de Asistencia a la Víctima del Delito) y Dr. Facundo Sosa (Miembro de la Comisión de Derechos Humanos), dependientes de la Secretaría de Estado de la Mujer.

¿A quién se demanda?

Se solicitó intervenir como amicus curiae en los autos “INC. DE CASACIÓN PARTICULAR DAMNIFICADO GARCES JAVIER (IMP) TOLEDO GABRIELA (DEN) ABUSO SEXUAL” (expte. 120979/4).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Concesión de participación en calidad de amicus curiae para que el Superior Tribunal analice integralmente las pruebas obrantes en la causa (declaraciones en Cámara Gesell, informes periciales y testimonios profesionales).

¿Qué se resolvió?

Rechazar el pedido de participación amicus curiae.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que conforme lo expresado y a los fines de la intervención de un tercero en carácter de amicus curiae, es que corresponde se acredite el interés para participar en la causa y se demuestre que la cuestión ventilada excede el interés de las partes (trascendencia colectiva) y afecta el interés general, lo que no ocurre en el caso bajo estudio."

"En autos, se advierte que tales recaudos no se encuentran cumplidos, y tal como lo sostiene el Sr. Procurador General: '… de la lectura de la presentación efectuada por Dra. MONICA DASSETTO, Jefa del Centro de Asistencia a la Víctima del Delito, se colige con meridiana claridad que nos encontramos frente a una crítica de la valoración de la prueba efectuada por el Tribunal de juicio al dictar el Fallo cuestionado, por lo tanto no se ha limitado a expresar una opinión fundada sobre el litigio'."

"'Asimismo, no logra demostrar que el tema sub examine excede el mero interés de las partes y afecta a un sector significativo de la sociedad, así como la trascendencia del caso o la repercusión social que conlleva, máxime cuando nos encontramos frente a un delito de Acción de Instancia Privada'."

"En consecuencia y de conformidad con lo dictaminado por el Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el pedido de participación amicus curiae. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

(La resolución se apoya en la Acordada 7/2013 y su Reglamento sobre intervención de Amigos del Tribunal, que exige trascendencia colectiva o interés general.)

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