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Tribunal Superior

ISRAY JUAN ANIBAL DANIEL C/ BAGLEY ARGENTINA S.A. Y OTROS S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - RECURSO DE CASACION.- RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD.-

El actor promovió reclamo por accidente o enfermedad laboral contra Bagley Argentina S.A. y otros en causa con recursos de casación e inconstitucionalidad. El Superior Tribunal hizo lugar a la excusación de la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada por hallarse comprendida en la causal del art. 194 de la Constitución provincial, por la intervención previa de la Dra. María Nazarena Chada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 236413/12
Excusacion Recusacion Art. 194 constitucion provincia de san luis Intervencion previa Conflicto de interes Accidente laboral Casacion Inconstitucionalidad Apartamiento de ministro Superior tribunal de justicia

¿Quién es el actor?

ISRAY JUAN ANIBAL DANIEL.

¿A quién se demanda?

BAGLEY ARGENTINA S.A. y otros.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamo por accidente o enfermedad laboral; expediente con recurso de casación y recurso de inconstitucionalidad (carátula: “ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL - LABORAL - RECURSO DE CASACION RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD”).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la excusación planteada por la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada y se la apartó de intervenir en la causa.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1) Que mediante actuación N° 14975778, de fecha 16/10/2020, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso como Juez de la Cámara Civil, Comercial, Minas y Laboral N° 2 de la Segunda Circunscripción Judicial, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia."

"2) Que atento a lo manifestado, y constancias de actuación N° 12413906, de fecha 06/09/19 (A.I. Nº 247), se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal del art. 194 de la Constitución de la Provincia."

"Por ello, SE RESUELVE : Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."

¿Cómo votaron los jueces?

La resolución está firmada digitalmente por los Ministros Lilia Ana Novillo, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Alberto Levingston; no consta disidencia.

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