INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS: VELES BEATRIZ ROSANA S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - RECURSO DE QUEJA.-
Incidente de excusación promovido por la Ministra Dra. Cecilia Chada en el marco del expediente sobre beneficio de litigar sin gastos. El Superior Tribunal admitió la excusación por encontrarse configurada la causal prevista en el art. 194 de la Constitución provincial y el art. 30 del CPC y C., por la intervención previa de la Dra. María Nazaren a Chada en el proceso principal.
¿Quién es el actor?
Incidente de excusación formulado por la Sra. Ministro Dra. Cecilia Chada (parte promovente del apartamiento).
¿A quién se demanda?
Se tramita en autos caratulados “VELES BEATRIZ ROSANA s/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS - RECURSO DE QUEJA” (no hay “demandado” en sentido estricto; el incidente se presenta ante el Tribunal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Petición de excusación de la Dra. Cecilia Chada para no intervenir en la causa principal por hallarse comprendida en la causal del art. 194 de la Constitución provincial (vínculo con la Jueza de Cámara Dra. María Nazarena Chada).
¿Qué se resolvió?
Hacer lugar a la excusación solicitada; admitir el apartamiento de la Sra. Ministra Dra. Cecilia Chada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que mediante actuación N° 16481824, de fecha 13/05/21, la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA, al advertir que ha tenido participación en el proceso principal INC Nº 297219/1, como Juez de la Cámara, la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, se excusa de entender en la presente causa por estar comprendida en la causal prevista en el art. 194 de la Constitución de la Provincia."
"Que atento a lo manifestado y constancias del expediente principal INC Nº 297219/1, que motiva la presente queja, conforme surge de 03/12/2020, actuación N° 15338465 (S.I. Nº 203/20), se verifica la intervención de la Dra. MARÍA NAZARENA CHADA, por lo que procede admitir el apartamiento solicitado, considerando configurada la previsión legal de los arts. 194 de la Constitución de la Provincia y 30 del CPC y C."
Resolución dispositiva textual: "SE RESUELVE : Hacer lugar a la excusación formulada por la Sra. Ministro de este Superior Tribunal, Dra. CECILIA CHADA. REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución está firmada digitalmente por los Ministros Dres. Jorge Alberto Levingston, Andrea Carolina Monte Riso y Jorge Omar Fernández. No firma la Dra. Diana María Bernal por encontrarse en uso de licencia.
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