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Tribunal Superior

SLOTS MACHINES S.A. C/MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS -DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD-

Se planteó la caducidad de la instancia en autos caratulados SLOTS MACHINES S.A. c/ MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS - DEMANDA DE INCONSTITUCIONALIDAD. El Superior Tribunal de Justicia rechazó el planteo de caducidad por entender que la inactividad no es imputable a la parte cuando el Tribunal tenía pendiente un acto (continuar la admisibilidad formal ordenada), y condenó en costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Fuero
SUPERIOR TRIBUNAL DE JUSTICIA (SAN LUIS)
Jurisdicción
Local · San Luis
Expediente
EXP 318616/18
Caducidad de instancia Impulso procesal Admisibilidad formal Recurso extraordinario de inconstitucionalidad Municipalidad de san luis Costas Doctrina de imputabilidad Stjsl-s.j.?s.i. n? 422/19 Inactividad procesal Incidente

¿Quién es el actor?

SLOTS MACHINES S.A.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Luis

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de caducidad de la instancia planteado por la demandada en el marco de un proceso por demanda de inconstitucionalidad; la cuestión principal era si debía declararse la caducidad de la instancia recursiva por inactividad del actor.

¿Qué se resolvió?

Rechazar el planteo de caducidad de instancia interpuesto por la demandada. Con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que, 'la caducidad supone un abandono voluntario del proceso, esto es, que los interesados no se encuentren en una imposibilidad absoluta de formular peticiones tendientes a activar la marcha del procedimiento por motivos ajenos a ellos, pues no ha de olvidarse que es directiva rectora en la cuestión que el impulso procesal compete, fundamentalmente, al litigante, en acatamiento al principio dispositivo' (Rep. ED, 16-116, Nº 2)."

"Que de las constancias de la causa surge que si bien el último acto impulsorio lo configura la notificación de fecha 21/08/2020, lo cierto es que se debió pasar automáticamente a resolver la admisibilidad formal del recurso extraordinario federal, conforme lo ordenado en STJSL-S.J.–S.I. Nº 422/19, donde expresamente se dijo en la parte resolutiva: '… Hacer lugar al recurso de revocatoria de fecha 21/03/2019, actuación N° 11196678, y, en consecuencia, revocar el decreto obrante en actuación N° 11128112, de fecha 14/03/2019; por lo que deberá continuar el proceso de admisibilidad formal del recurso extraordinario de inconstitucionalidad federal …' quedando de esta manera en el proceso pendiente el cumplimiento de un acto por parte del Tribunal, por lo que, no resultando imputable a la parte la demora, debe ser rechazado el planteo de caducidad intentado."

"Por ello y oído que fuera al Sr. Procurador General, SE RESUELVE: Rechazar el planteo de Caducidad de Instancia interpuesto. Con costas."

¿Cómo votaron los jueces?

No consta voto en disidencia en el bloque dispositivo final; la resolución está firmada por los Ministros Levingston, Monte Riso, Fernández, Bernal y Chada.

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