FARIAS MARCOS DANIEL C/ SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. S/ ACCIDENTE O ENFERMEDAD LABORAL -RECURSO DE CASACION-
El actor impugnó la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad en un proceso por accidente o enfermedad laboral contra la aseguradora ART. El Superior Tribunal rechazó la queja por falta de autosuficiencia y debida fundamentación autónoma del escrito recursivo, al no controvertir concretamente los fundamentos del auto interlocutorio apelado.
¿Quién es el actor?
FARIAS MARCOS DANIEL (recurrente).
¿A quién se demanda?
SWISS MEDICAL A.R.T. S.A. (ART).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se atacó la resolución de la Cámara de Apelaciones Laboral N°1 que denegó el recurso de inconstitucionalidad interpuesto en autos por considerarlo formalmente improcedente; la queja pretende revisar esa denegatoria en un expediente vinculado a accidente o enfermedad laboral y aplicación de la ley de Riesgos del Trabajo.
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de queja por carecer el escrito de la fundamentación autónoma y autosuficiencia exigible; en consecuencia, se desestima la pretensión recursiva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, así planteado el recurso, y efectuado el examen de los recaudos de admisibilidad, corresponde señalar que la queja fue interpuesta en término, toda vez que la resolución denegatoria fue notificada el 27/03/2025. Asimismo, se advierte que el recurso denegado estaba dirigido en contra de una sentencia definitiva, en los términos del art. 281 bis del Código Procesal Civil y Comercial.
Que, sin perjuicio de ello, en razón de que el escrito recursivo no satisface los requisitos mínimos exigibles para su procedencia, corresponde desestimar la queja en tratamiento.
En efecto, no puede soslayarse que uno de los recaudos esenciales para la admisibilidad del recurso de queja es la autosuficiencia, lo que implica que el escrito debe bastarse a sí mismo. (cfr. Lino E. Palacio, Derecho Procesal Civil, tomo V, Ed. Abeledo Perrot, p. 188)."
"Que, en el caso, es evidente que la presentación directa carece de una debida fundamentación y omite formular una crítica eficaz y concreta de la resolución denegatoria del recurso emitida mediante Auto Interlocutorio N° 141/2025, por cuanto sólo se limita a referir los antecedentes del caso, que a criterio del recurrente resultaban relevantes, y a reproducir de manera literal los argumentos expuestos en el recurso de inconstitucionalidad, sin desarrollar una argumentación clara que explique la configuración de la cuestión constitucional alegada, ni articular una impugnación tendiente a demostrar dónde reside el error de las resoluciones recurridas.
Que la falta de fundamentación autónoma dificulta la comprensión del caso y coloca a este Tribunal en la necesidad de inferir el contenido de los agravios que dieron lugar a la pretensión recursiva, supliendo la actividad de la recurrente a fin de desentrañar las concretas razones que motivaron la interposición del recurso, lo que no es aceptable."
"Que, en consecuencia, por las consideraciones expuestas, oído el Sr. Procurador General Subrogante, SE RESUELVE: Rechazar el recurso de queja interpuesto.
REGÍSTRESE y NOTIFÍQUESE."
(Suscripta por los Dres. Jorge Alberto Levingston, José Guillermo L’Huillier, Andrea Carolina Monte Riso, Eduardo Segundo Allende y Víctor Manuel Endeiza.)
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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