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Cámara de Apelaciones

ARAGON, ALBERTO ANIBAL c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados reclamando la nulidad del despido y sus consecuencias. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala X, confirmó la sentencia de grado que consideró acreditado el despido con justa causa por pérdida de confianza y desestimó la demanda, imponiendo costas al actor y regulando honorarios al 30% en alzada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA X
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 002219/2020/CA001
Despido Justa causa Perdida de confianza Lct 20.744 Costas Honorarios Prueba sumarial Cpccn Camara nacional de apelaciones del trabajo Confirmacion

¿Quién es el actor?

ARAGON, ALBERTO ANIBAL.

¿A quién se demanda?

Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción por despido — impugna el despido con justa causa dispuesto por resolución administrativa (RESAP-2018-92-INSSJP-DE, 19/9/2018) y reclama la condena por despido sin justa causa.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la decisión de grado que tuvo por acreditada la causal de despido con justa causa dictada por la demandada y, en consecuencia, desestimó la demanda; se impusieron las costas de alzada al actor vencido y se regularon los honorarios de alzada en el 30% de lo que corresponda percibir por la etapa anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Arriba firme a esta etapa que el cese laboral fue dispuesto por la demandada en los siguientes términos: 'NOTIFICAMOS A UD. QUE MEDIANTE RESOLUCION Nº RESAP-2018-92-INSSJP-DE#INSSJP DE LA DIRECCION EJECUTIVA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS, DE FECHA 19 DE SEPTIEMBRE DE 2018, SE HA RESUELTO DESPEDIRLO CON JUSTA CAUSA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 242 DE LA LEY DE CONTRATO DE TRABAJO...'"

"De la instrucción de las referidas actuaciones y evaluadas las declaraciones de las denunciantes Sra. Gonzalez Vázquez y Sra. Volpatti- así como el descargo y la prueba ofrecida por Aragón, la demandada otorgó veracidad a las denuncias recibidas y, en consecuencia, tuvo por acreditados los hechos irregulares imputados al agente, por lo que decidió su despido con causa en los términos de los arts. 62, 63 y 242 LCT."

"Desde esta perspectiva, el fallo reviste suficiente fundamento, despejándose la mácula de arbitrariedad que se le asigna, sin que resulte conmovido por los argumentos de la apelación ni por las referencias a la prueba de autos. La misma ha sido valorada en la etapa anterior (arts. 386 y 477 CPCCN), y de ella no se desprenden elementos suficientes que permitan modificar el criterio de grado."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo voto en disidencia relevante; el acuerdo confirmó la propuesta mayoritaria.

Normas que cita

  • CPCCNarts. 386, 477, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 26.856art. 1 · Justicia
  • Acordada CSJN Nº 15/2013
  • ley aranc.
  • Ley 20.744

Fallos que cita

  • Fallos 272:225CSJN
  • Fallos 274:113CSJN
  • Fallos 276:132CSJN
  • Fallos 280:320CSJN

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