ESCOBAR ELIAN ULISES C/ PREVENCION ART S.A. S/ APELACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA
El actor promovió demanda laboral contra PREVENCION ART S.A. y las partes suscribieron un acuerdo conciliatorio por $5.600.000. El Tribunal homologó el convenio con fuerza de cosa juzgada, reguló costas y honorarios (honorarios fijados en $1.120.000 para cada letrado) y ordenó las pautas de pago, intereses por mora y depósitos correspondientes.
Quién demanda (Actor)
ESCOBAR ELIAN ULISES.
A quién se demanda (Demandado)
PREVENCION ART S.A.
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Litigio laboral cuya controversia fue resuelta mediante acuerdo conciliatorio suscripto el 19/10/2026 por la suma de $5.600.000 (capital actoral y demás rubros reclamados tal como surge del acta de acuerdo).
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
El Tribunal homologó con fuerza de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio de fecha 19/10/2026 por la suma de $5.600.000, reguló costas a cargo de la demandada (con exención del 75% de la tasa de justicia), reguló honorarios de los letrados intervinientes en $1.120.000 cada uno, y fijó pautas para depósitos, forma de pago de capital y honorarios, aplicación de intereses moratorios según tasa pasiva del BCRA y otras medidas de ejecución y notificación.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Visto el estado de las presentes actuaciones, el informe medico privado acompañado por las partes, los rubros reclamados y el monto convenido, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis.-
Téngase presente lo manifestado por la parte demandada en lo que respecta a la dación en pago y percepción del capital, para su oportunidad.-
Téngase presente la mora automática y caída de los plazos previstos para el caso de incumplimiento en el depósito en la fecha convenida para su oportunidad.-
Téngase presente la clausula penal manifestada por las partes en el acuerdo presentado.-
En caso de mora serán aplicados intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) a estos fines, para el período correspondiente (art. 55 de la ley 27.802).-
Impóngase las costas de los presentes actuados a la parte demandada (arts. 24 y 89 ley 15.057, 68 C.P.C.C.).-
Exímese a la demandada del 75% de la tasa de justicia, por lo que deberá abonar por tal concepto la suma de $30.800 (pesos treinta mil ochocientos), con más el 5 % de sobretasa ... Dichos montos deberán depositarse dentro del quinto día de notificada la presente ... bajo apercibimiento de ejecución ..."
Dispositivo final (transcripción):
"1°) Homologar con fuerza y autoridad de cosa juzgada el acuerdo conciliatorio suscripto por las partes en fecha 19/10/2026 por la suma $ 5.600.000 (PESOS CINCO MILLONES SEISCIENTOS MIL) que la demandada se aviene a abonar en la forma estipulada.-
...
6º) Costas de los presentes actuados a la parte demandada (arts. 24 y 89 ley 15.057, 68 C.P.C.C.), eximiéndose a la misma del 75% de la tasa de justicia, por lo que deberá abonar por tal concepto la suma de $30.800 (pesos treinta mil ochocientos), con más el 5 % de sobretasa ...-
7°) Téngase presente el reconocimiento de honorarios y aportes efectuado por la parte demandada ... En consecuencia, regular los honorarios del Dra. BIANCHI SILVIA CRISTINA ... en la suma de $1.120.000 ... con más el 10 % de aporte legal e IVA si correspondiere ...-
7°) Regular los honorarios de los restantes letrados intervinientes ... Dr. HERNAN JOSE MIGUEL CAPOLUPO ... en la suma de $1.120.000 ...-"
Votación y mayoría
La Sra. Juez Dra. Liliana Marta Lipicar votó expresamente por la homologación y fundó la procedencia del acuerdo; las Dras. A. Mónica San Martín y Graciela Alicia Porta votaron en igual sentido por compartir los fundamentos. El bloque dispositivo final acuerda la homologación por mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
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