CORVALAN ANALIA NATALIA ARGENTINA C/ PROVINCIA ART S.A. S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL
La actora promovió demanda por enfermedad profesional y las partes celebraron un acuerdo. El Tribunal del Trabajo de Zárate homologó el acuerdo del 21-10-26 sobre los rubros reclamados y entre los sujetos intervinientes, considerando que constituye una justa composición de derechos e intereses y no vulnera normas de orden público.
¿Quién es el actor?
Corvalan Analia Natalia Argentina.
¿A quién se demanda?
Provincia Art S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por enfermedad profesional; las partes arribaron a un acuerdo con liquidación sobre rubros de reclamo (capital, honorarios, etc.).
¿Qué se resolvió?
Homologar el acuerdo del 21-10-26 exclusivamente sobre los rubros de reclamo y entre los sujetos intervinientes; intimar a la actora a acreditar cuenta bancaria para el pago del capital dentro de dos días; suspender el plazo de pago hasta que se acredite la cuenta; costas a cargo de la demandada; regulación de honorarios; instrucciones para depósito de honorarios y comprobantes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tomando en consideración los planteos formulados, el modo en que ha quedado trabada la litis, elementos obrantes en autos y particularidades del caso, surge que, con el acuerdo arribado, se ha logrado una justa composición de los derechos e intereses de las partes y no se advierte violación de derechos protegidos por el orden público por todo lo cual DEBE HOMOLOGARSE EL ACUERDO (arts. 12, 13, 15, 277 L.C.T.; art. 30 ley 15057).
ES MI VOTO."
"Que adhieren al voto precedente, por compartir fundamentos y conclusiones."
Bloque dispositivo (extracto):
"EL TRIBUNAL DEL TRABAJO DE ZARATE,
R E S U E L V E :
1) HOMOLOGAR el acuerdo del 21-10-26 exclusivamente sobre los rubros de reclamo y entre los sujetos intervinientes. (arts. 12, 13, 15 LCT, art. 30 ley 15057).
2) A los fines de efectivizarse el/los pago/s pactado/s en concepto de CAPITAL, INTIMASE a la parte actora para que dentro del término de dos (2) días acredite en el expediente la titularidad exclusiva de una cuenta abierta a nombre del actor en una entidad bancaria (cuenta sueldo) ... debiendo el interesado en el mismo plazo, denunciar el CBU a fin de que la obligada sepa dónde efectuar el pago. Hasta tanto se encuentre acreditada debidamente en autos la cuenta a nombre del actor, el plazo para el pago del CAPITAL de condena contenido en la presente sentencia, se encuentra SUSPENDIDO.
3) COSTAS del acuerdo a cargo de la demandada ... REGULANSE los honorarios de la representación letrada de la parte actora en 30,05 ius, de la representación letrada de la demandada en 15,02 ius, y de los peritos contador, médico, técnico, y psicólogo en 4,50 ius para cada uno, con más adicionales de ley e IVA en caso de acreditarse la inscripción al mismo. (arts. 9, 11, 15, 16, 21, 25, 28, 51 y conc. Ley 14967).
4) Los pagos de tales honorarios ... deberán efectivizarse mediante depósitos en la cuenta bancaria que a tales fines denuncien en autos los profesionales interesados ... el plazo para el pago de la acreencia en cuestión se encuentra SUSPENDIDO.
5) REGISTRESE y NOTIFIQUESE por Secretaría, con entrega de copia de la liquidación que se practicará."
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