CACERES JUAN MANUEL C/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
El actor promovió acción especial por accidente de trabajo contra la aseguradora de riesgos del trabajo y las partes celebraron una conciliación por $6.000.000. El Tribunal homologó la conciliación por considerar que constituye una justa composición de los derechos e intereses de las partes y reguló costas, tasa de justicia, y honorarios conforme al acuerdo.
¿Quién es el actor?
CACERES JUAN MANUEL.
¿A quién se demanda?
PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo; se alcanzó una conciliación por los rubros reclamados.
¿Qué se resolvió?
Homologación de la conciliación por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000), con regulación de costas, tasa de justicia, regulación de honorarios y pautas de pago detalladas en la sentencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A LA UNICA CUESTION PLANTEADA EL SEÑOR JUEZ DOCTOR AMODIO DIJO:
La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057 - RC 1840/24 SCBA). .-Costas conforme a lo solicitado.-
ASI LO VOTO.
A la misma cuestión planteada, los señores Jueces Doctores GINOCCHIO y ORTIZ, por las mismas consideraciones adhieren .-"
"El Tribunal RESUELVE:
1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora CACERES JUAN MANUEL y la demandada PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A., por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado.
2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado.
3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de $ 132.000, ... y con más el 5 % de Sobretasa Contribución Caja de Abogados, la suma de $ 6.600, ... (art. 12 inc g Ley 6716 , texto según Ley 15563)
5) REGULACION DE HONORARIOS: ... regúlanse los honorarios de la letrada apoderada de la parte actora Dra. GENTILE ANALIA VIVIANA en la cantidad de 22,54 Jus ($1.200.000) ... y de la letrada apoderada de la parte demandada Dra. ALEJANDRA ELISABET BARRIOS en la cantidad de 11,27Jus ($600.000) ... (arts.2, 9, 13, 15, 16, 21, 23, 24, 25, 28 inc. h, 43 y 54 ley 14.967 y 12 Ley 8455)
6) SUMAS A DARSE EN PAGO:
a) La demandada deberá depositar el CAPITAL del actor/a en la "CUENTA SUELDO" ... (ART. 17 Ley 27.348 y 124 de la LCT). ..."
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Leyes que cita
- Ley 15.563 de Buenos AiresModifica el artículo 5 y 11 de la ley n° 6716 - régimen legal de la caja de previsión social para abogados
- Ley 15.057 de Buenos AiresEstablece el nuevo procedimiento laboral en la provincia
- Ley 14.967 de Buenos AiresHonorarios de abogados y procuradores
- Ley 27.348Riesgos del trabajo
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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