GAITAN SANDRA DEL VALLE C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora promovió acción de revisión por resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional contra la ART, reclamando la imputación y pago de rubros derivados del siniestro. El Tribunal homologó la conciliación por $4.500.000 y reguló costas, tasa de justicia ($99.000) y honorarios de abogados y peritos conforme a lo pactado y a la regulación efectuada.
¿Quién es el actor?
GAITAN SANDRA DEL VALLE.
¿A quién se demanda?
ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción de revisión de resolución de la Comisión Médica Jurisdiccional (Ley 15.057) y pretensión de indemnización/ejecución de rubros derivados de un accidente o incapacidad (según carátula).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal homologó la conciliación celebrada entre las partes por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000), ordenó las costas conforme a lo solicitado, rechazó la exención de la tasa de justicia fijándola en $99.000 (más sobretasa 5% $4.950), reguló honorarios de letrados y peritos y dispuso pautas para el pago (depósito en cuenta sueldo o cuenta de titularidad exclusiva, acreditación de pagos y aportes).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La conciliación arribada alcanza, a mi entender, una justa composición de los derechos e intereses de las partes no enervando consecuentemente, las disposiciones laborales de orden público emanado de los arts.15 y 263 L.C.T., por lo que corresponde su homologación para que las mismas puedan beneficiarse con los efectos de la cosa juzgada (art. 30 de la Ley 15.057 - RC 1840/24 SCBA). Costas conforme a lo solicitado.
ASI LO VOTO.-
A la misma cuestión planteada, los señores Jueces Doctores GINOCCHIO Y ORTIZ, por las mismas consideraciones adhieren .-"
Bloque dispositvo final (texto íntegro relevante):
"1) HOMOLOGAR la conciliación celebrada entre las partes actora GAITAN SANDRA DEL VALLE y la demandada ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO, por la suma de PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 4.500.000) imputable a los rubros reclamados en autos y en la forma pactada en el Acuerdo presentado.
2) COSTAS: Las costas serán conforme a lo solicitado.
3) No ha lugar a la exención del pago de la tasa de justicia y su adicional, correspondiendo fijar en concepto de TASA de JUSTICIA, la suma de PEOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($ 99.000)...
5) REGULACIÓN DE HONORARIOS: En atención a lo acordado en materia de honorarios... regúlanse los honorarios de los letrados... Dr. LAURA GONZALEZ... 11,27 Jus ($ 600.000) ... Dra. MAYRA PRISCILLA ANGEL... 5,64 Jus ($ 300.000) ... Dr. DUARTE ELIAS RODRIGO... 11,27 Jus ($ 600.000) ... GARCIA SOSA CAMILA AYELEN... 5,64 Jus ($ 300.000) ... Regúlanse los honorarios del Perito Contador, DI BARTOLO ROSANA ANDREA , en la suma de pesos DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 225.000) ... Los del perito médico Dr. LANZILOTTI FERNANDO MARIANO, en la suma de pesos DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 225.000) ..."
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Leyes que cita
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- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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