JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CURTIEMBRES FONSECA S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial inició apremio provincial contra Curtiembres Fonseca S.A. para cobrar capital e intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó la ejecución por $12.889.409,10 más intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas a la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-29061-2026
Apremio provincial Ejecucion fiscal provincial Fisco de la provincia de buenos aires Curtiembres fonseca s.a. $12.889.409 10 Intereses art. 104 codigo fiscal Perdida del derecho por no oponer excepciones Costas Cpcc Ley 13.406

Quién demanda (Actor)

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

A quién se demanda (Demandado)

CURTIEMBRES FONSECA S.A.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Ejecución apremio provincial para el cobro del capital reclamado de Pesos DOCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NUEVE CON 10/100 ($12.889.409,10) y los intereses devengados conforme el art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se hizo lugar a la demanda y se mandó llevar adelante la ejecución hasta el pago íntegro del capital reclamado y sus intereses; costas a la demandada; se diferenció la regulación de honorarios para momento oportuno.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406). Téngase presente lo expuesto y atento lo solicitado, pasen los autos a sentencia.

AUTOS Y VISTOS:

I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC).

II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor CURTIEMBRES FONSECA haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos DOCE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS NUEVE CON 10/100 ($12.889.409,10) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno.

III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al jlezana@fepba.gov.ar."

Leyes que cita

  • Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.