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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ EL PUENTE SOCIEDAD ANONIMA DE TRANSPORTES S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió ejecución fiscal contra El Puente S.A. de Transportes por deuda de $1.693.298,00 más intereses. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, imponiendo las costas a la demandada y difiriendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-25833-2026
Ejecucion fiscal Provincia de buenos aires Deuda tributaria Intereses (art. 104 codigo fiscal) Costas Perdida de defensa Art. 540 cpcc Art. 10 ley 13.406 $1.693.298 00 Domicilio procesal.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

EL PUENTE S.A. DE TRANSPORTES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución provincial por capital reclamado de Pesos UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 0/100 ($1.693.298,00) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la demanda; ordenar se lleve adelante la ejecución hasta el pago íntegro del monto reclamado y sus intereses; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor EL PUENTE S.A. DE TRANSPORTES haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 0/100 ($1.693.298,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406)."

Leyes que cita

  • Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…

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