FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CURTIEMBRES FONSECA S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución por apremio provincial contra CURTIEMBRES FONSECA S.A. por deuda tributaria por $7.493.315,60. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro del capital y los intereses conforme al art. 104 del Código Fiscal, con costas para la demandada.
Quién demanda (Actor)
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
A quién se demanda (Demandado)
CURTIEMBRES FONSECA S.A.
Qué se reclama (Objeto de la demanda)
Ejecución por apremio provincial para el cobro de un capital reclamado de Pesos SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 60/100 ($7.493.315,60) más los intereses devengados conforme al art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
Qué se resolvió (Decisión del tribunal)
Se hizo lugar a la demanda y se mandó llevar adelante la ejecución hasta tanto la demandada haga el íntegro pago del capital reclamado y de los intereses legales; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de los párrafos más relevantes del fallo (lenguaje del Tribunal):
"Téngase a la demandada por constituido el domicilio procesal en los Estrados del Juzgado (Art. 41 CPCC y Art. 25 Ley 13.406). Téngase presente lo expuesto y atento lo solicitado, pasen los autos a sentencia."
"I. No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."
"II. Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor CURTIEMBRES FONSECA S.A. haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos SIETE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS QUINCE CON 60/100 ($7.493.315,60) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."
"III. REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al jlezana@fepba.gov.ar."
(No se consignan votos divididos; el dispositivo final es el que manda.)
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Leyes que cita
- Ley 13.406 de Buenos AiresProcedimiento de apremio para el cobro judicial de creditos fiscales por tributos, sus accesorios y sus multas de la…
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