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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ RIVERA ANGEL ARIEL S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco provincial promovió apremio para ejecutar deuda fiscal por $1.465.128 más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal. El Tribunal hizo lugar a la demanda y ordenó continuar la ejecución hasta el pago íntegro, con costas a la demandada y regulación de honorarios diferida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº1 - LANUS
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AL-30624-2026
Apremio provincial Ejecucion fiscal Deuda fiscal Intereses (art. 104 codigo fiscal) Perdida de derecho por inactividad (arts. 155 y 166 cpcc) Costas Regulacion de honorarios diferida Ley 13.406 Art. 10 ac. 4013 scba Tribunal de primera instancia

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

RIVERA ANGEL ARIEL.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución por deuda fiscal por capital reclamado Pesos UN MILLÓN CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 0/100 ($1.465.128,00) más intereses conforme art. 104 del Código Fiscal.

¿Qué se resolvió?

Hacer lugar a la demanda; ordenar que se lleve adelante la ejecución hasta que el demandado pague íntegramente el capital reclamado y los intereses correspondientes; costas a la demandada vencida; regulación de honorarios diferida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

I. "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 166 y 155 del CPCC)."

II. "Por ello, de conformidad con lo pedido en el escrito inicial y lo dispuesto por los arts. 540, 549, 556 del CPCC, y el art. 10 de la ley 13.406, FALLO: Hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el deudor RIVERA ANGEL ARIEL haga íntegro pago a su acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES del capital reclamado de Pesos UN MILLON CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO VEINTIOCHO CON 0/100 ($1.465.128,00) con más los intereses que se devenguen conforme lo prescripto en el art. 104 del Código Fiscal, desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago. Costas a la demandada vencida (art. 68 CPCC); difiriéndose la pertinente regulación de honorarios para el momento procesal oportuno."

III. "REGISTRESE. NOTIFIQUESE, de conformidad con lo dispuesto en el art. 10 del Anexo único de la Ac. 4013 SCBA, al 20271935650@notificaciones.scba.gov.ar."

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