FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MEDINA DANIELA EDITH S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió acción de apremio para cobrar $37.748,60 más intereses por título ejecutivo. El Tribunal hizo lugar a la ejecución, ordenó trance y remate hasta satisfacer íntegramente el capital reclamado, aplicando intereses conforme al Art. 104 del Código Fiscal e imponiendo costas a la demandada.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
DANIELA EDITH MEDINA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por apremio de título ejecutivo por PESOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 60/100 ($37.748,60) con más intereses, costos y costas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución, ordenando la causa de trance y remate para llevar adelante la ejecución hasta hacer al acreedor íntegro pago del capital reclamado ($37.748,60), con aplicación de intereses desde la interposición de la demanda conforme al Art. 104 del Código Fiscal; se impusieron las costas a la demandada y se difirió la regulación de honorarios; se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que habiendo sido intimada al pago en el domicilio FISCAL: CALLE DE LA PEÑA - NRO. 510 - LOC. MONTE CHINGOLO conforme surge del mandamiento obrante en autos, la parte ejecutada no opuso excepciones legítimas dentro del término legal, el cual se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto. En virtud de lo antedicho, se le da por perdido el derecho que tenía para ejercer y que la misma ha dejado de usar (Arts. 116 y 155 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406)."
"1) Esta causa de trance y remate, mandando a llevar adelante la ejecución promovida por el FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES contra DANIELA EDITH MEDINA, hasta hacerse al acreedor íntegro pago del capital reclamado de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 60/100 ($37.748,60), al que se le aplicarán los intereses establecidos y en la forma determinada por el Art. 104 del Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011), desde la interposición de la demanda y hasta su efectivo pago."
"2) Imponiendo las costas a la parte demandada, atento su carácter de vencida (Arts. 68 y 556 del CPCC y Art. 25 de la ley 13.406) y difiriendo la regulación de honorarios hasta el momento procesal oportuno."
"3) Haciendo efectivo el apercibimiento oportunamente previsto y, en consecuencia, teniendo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado (Arts. 7, 13 de la ley 13.406 y Art. 41 del CPCC)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 1, 7, 10, 11, 25, 13 (?), 13, 24
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 41, 68, 116, 155, 556
- Código Fiscal (t.o. Res. 39/2011) (Provincia De Buenos Aires)art. 104
- Ley 15007 (Provincia De Buenos Aires)
- Ac. 4013 SCBA (Provincia De Buenos Aires)
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.