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Primera Instancia

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ DE LUCA PABLO DARIO S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió apremio provincial reclamando el pago de $2.372.929,30 más intereses. El Tribunal hizo lugar al apremio y mandó seguir la ejecución y remate hasta el íntegro pago, imponiendo las costas al vencido y difiriendo la regulación de honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Nº 1 - LA MATANZA
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-25455-2026
Apremio provincial Ejecucion fiscal Trance y remate Intereses art. 104 codigo fiscal Ley 13.406 Costas al vencido Domicilio en estrados Regulacion de honorarios diferida Bono ley 8480 Notificacion acs. 4013/4039 scba.

¿Quién es el actor?

FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

¿A quién se demanda?

DE LUCA PABLO DARIO.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de capital reclamado por $2.372.929,30 más los intereses conforme art. 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago; ejecución fiscal con trance y remate. Se menciona además pago de "Bono ley 8480".

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la causa de trance y remate, ordenándose continuar la ejecución hasta el íntegro pago del capital reclamado y los intereses; se impusieron las costas al vencido; se difirió la regulación de honorarios para la oportunidad prevista por el art. 51 de la Ley 14967; se tuvo por constituido el domicilio del demandado en los estrados del Juzgado y se ordenaron notificaciones conforme art. 13 LAP y acuerdos mencionados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"No habiendo la parte ejecutada, debidamente intimada opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido, según informa el Actuario en este acto, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 7 Ley 13.406).- Por ello, de conformidad con lo solicitado, y lo dispuesto por los art. 7, 10, 25 y ccs de la Ley 13.406 :"

"I.- Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada haga al accionante FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado de Pesos DOS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 30/100 ($2.372.929,30) con mas los intereses conforme lo prescripto por el art. 104 del Código Fiscal (t.o. según Res. 39/11) desde la fecha de interposición de la demanda en Receptoría General de Expedientes y hasta su efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (cfme art. 25 ley 13406).-"

"II.- Difiérase la regulación de honorarios para la oportunidad prevista en el Art. 51 de la Ley 14967. (Art. 15 y 22 Ley 13.406). Téngase al demandado por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado REGISTRESE - NOTIFIQUESE.- en los términos del art. 13 LAP.- Notifíquese la presente providencia en los términos de los Acs. 4013 y 4039/21 SCBA."

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