FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MAMS CONSULTORES S.R.L. Y OTRO/A S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial inició apremio provincial contra MAMS Consultores S.R.L. y su representante por deuda tributaria. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por $14.574.350,00 más intereses según Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y declaró perdido el derecho a oponer excepciones por parte de la demandada.
¿Quién es el actor?
FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
¿A quién se demanda?
MAMS CONSULTORES S.R.L. y ROPERTI, ARIEL OSVALDO.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución forzosa (apremio provincial) por deuda tributaria por la suma de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 0/100 ($14.574.350,00), más intereses aplicables desde la interposición de la demanda hasta su efectivo pago.
¿Qué se resolvió?
Se manda llevar adelante la ejecución integral por la suma indicada y se declara perdido el derecho de la parte demandada a oponer excepciones por no haberlas presentado en término; costas para la parte vencida; postergación de regulación de honorarios; constitución de domicilio en los estrados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que no habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, según informa la Actuaria en este acto, conforme surge del informe del mandamiento de intimación de pago obrante en autos, diligenciado en el domicilio -Constituido- (art. 24 de la ley 13.406) de calle FISCAL: CALLE SALTA - NRO. 1205 - LOC. QUILMES - EZPELETA, désele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116 y 165 del CPCC)."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado por la parte actora y lo dispuesto por los arts. 9, 10 y 11 de la ley 13.406 y 540 del CPCC, FALLO: Mandando llevar adelante la ejecución contra MAMS CONSULTORES S.R.L., y a ROPERTI, ARIEL OSVALDO hasta hacerse íntegro pago al FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, de la suma de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CON 0/100 ($14.574.350,00), en concepto del capital reclamado, con más el interés aplicable de conformidad con lo establecido en la Resolución 10/24 del Ministerio de Economía y modificatorias, desde el día de la interposición de la demanda (art. 86, 96 y 104 del Código Fiscal - T.O. 2011), y hasta la fecha de su efectivo pago."
"Costas a la demandada vencida (arts. 556 y 68, CPCC). Postérgase la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista en el art. 51 de la ley 14.967 y 22 ley 13406 (modif. 15016). Téngase por constituido el domicilio de la parte demandada en los estrados del juzgado. REGISTRESE Y NOTIFIQUESE en la forma dispuesta en el art. 13 in fine ley 13.406 y 133 del CPCC."
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Normas que cita
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 9, 10, 11, 13 (in fine), 24
- CPCC (Provincia De Buenos Aires)arts. 116, 165, 540, 556, 68, 133
- Código Fiscal (T.O. 2011) (Provincia De Buenos Aires)arts. 86, 96, 104
- Resolución 10/24 (Nacional (ministerio De Economía))
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Ley 15.016 (modif.) (Provincia De Buenos Aires)
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