FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ LEVIT LUCHESI MARIANA SOLEDAD S/ APREMIO PROVINCIAL
El Fisco provincial promovió ejecución fiscal (trance y remate) por deuda tributaria contra Mariana Soledad Levit Luchesi. El Tribunal hizo lugar a la ejecución ordenando el remate hasta que la ejecutada pague $1.328.387,80 más intereses y declaró constituido el domicilio en los estrados por falta de cumplimiento de notificaciones.
¿Quién es el actor?
Fisco De La Provincia De Buenos Aires.
¿A quién se demanda?
Mariana Soledad Levit Luchesi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución fiscal (apremio provincial / trance y remate) por deuda que surge del título ejecutivo, por un capital de Pesos Un Millon Trescientos Veintiocho Mil Trescientos Ochenta Y Siete Con 80/100 ($1.328.387,80) más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la ejecución, ordenando llevar adelante la causa de trance y remate hasta que la ejecutada abone íntegramente el capital reclamado ($1.328.387,80) con los intereses desde la interposición de la demanda hasta el pago efectivo; se impusieron costas; se difirió la regulación de honorarios hasta existir liquidación firme; y, por no haber cumplido la ejecutada con las previsiones legales, se la tuvo por constituida en domicilio los estrados del juzgado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I.- La parte ejecutada debidamente notificada en Fiscal: Calle Bolivar - Nro. 1002 - Cp. 2800 - Loc. Zarate domicilio fiscal constituido (art. 32 del Código Fiscal de la Pcia. de Bs. As., Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11) no ha opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que se encuentra vencido. En consecuencia, dásele por perdido el derecho dejado de usar. - (arts. 7 Ley 13.406 y 155 CPCC).
II.- Por ello, conforme con lo pedido; la deuda que resulta del título ejecutivo agregado en forma electrónica y lo dispuesto por los arts. 104, 168 y concs. del Código Fiscal Ley 10.397, t.o. Res. Min. Economía Pcia. Bs. As. 39/11."
"FALLO:
1º) Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada Mariana Soledad Levit Luchesi haga al acreedor FISCO de la PROVINCIA de BUENOS AIRES, íntegro pago del capital reclamado de Pesos Un Millon Trescientos Veintiocho Mil Trescientos Ochenta Y Siete Con 80/100 ($1.328.387,80), con más los intereses desde el momento de la interposición de la demanda y hasta el del efectivo pago; en la forma prescripta por el art. 104 del Código Fiscal, Ley 10.397 (t.o. 2011). Con Costas (arts. 68 y 556 C.P.C.C.)."
"3º) No habiendo la ejecutada dado cumplimiento a lo preceptuado por los arts. 7 Ley 13.406 y 41 del C.P.C.C., tiénesele por constituido el domicilio en los Estrados del Juzgado (art. 13 de la Ley 13.406 y art. 133 C.P.C.C.)."
¿Cómo votaron los jueces?
Se analiza un fallo de un único juez de primera instancia (Dra. Mónica Edith Ayerbe); el bloque dispositivo es el aquí transcripto y constituye la decisión del Tribunal.
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Normas que cita
- Ley 10.397 (Provincia De Buenos Aires)arts. 32, 104, 168
- 39/11 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 13.406 (Provincia De Buenos Aires)arts. 7, 13
- C.P.C.C. (Provincia De Buenos Aires)arts. 155, 68, 556, 41, 133
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
- Ley 22 (Provincia De Buenos Aires)
- Ac. SCBA N° 4039/21 (Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo I) (Provincia De Buenos Aires)art. 10 (Reglamento)
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