AGUEDA NELLY CATALINA Y OTRO/A S/ SUCESION AB-INTESTATO
Los peticionantes promovieron declaratoria de herederos ab-intestato por el fallecimiento de Nelly Catalina Agueda y de Néstor Martín Stefenon. El Tribunal declaró por derecho y sin perjuicio de terceros a Nelly Beatriz Stef enon y Norberto Martín Stef enon como herederos universales de ambos causantes, y al cónyuge como heredero de los bienes propios, con expresión de los requisitos para la inscripción.
¿Quién es el actor?
Peticionan Nelly Beatriz Stefenon y Agueda y Norberto Martin Stefenon y Agueda (actuando para obtener declaratoria de herederos).
¿A quién se demanda?
Se tramita la sucesión ab-intestato de NELLY CATALINA AGUEDA y de NESTOR MARTIN STEFENON (causantes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos ab-intestato respecto de los causantes (constatación de fallecimientos, vínculo matrimonial y del vínculo filial para declarar herederos universales).
¿Qué se resolvió?
Se declaró, en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de NELLY CATALINA AGUEDA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos NELLY BEATRIZ STEFENON y AGUEDA y NORBERTO MARTIN STEFENON y AGUEDA y su cónyuge NESTOR MARTIN STEFENON (a quien se lo declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales); y que por fallecimiento de NESTOR MARTIN STEFENON le suceden en carácter de universales herederos sus hijos NELLY BEATRIZ STEFENON y AGUEDA y NORBERTO MARTIN STEFENON y AGUEDA. Cése la intervención de la Sra. Agente Fiscal.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"1º) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 10 del 1° archivo ".pdf"- se acredita la defunción de NELLY CATALINA AGUEDA ocurrida el día 23/07/1997 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
2°) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 12 del 1° archivo ".pdf"- se acredita la defunción de NESTOR MARTIN STEFENON ocurrida el día 23/08/2025 -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
3º) Que con el certificado adjuntado a fs. 1 -página 7 del 1° archivo ".pdf"- se acredita el matrimonio de los aquí causantes ocurrido el día 29/01/1959 -art. 423 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
4º) Que de esa unión nacieron sus hijos NELLY BEATRIZ STEFENON y AGUEDA el día 05/01/1960 y NORBERTO MARTIN STEFENON y AGUEDA el día 14/09/1971 (ver certificados acompañados a fs. 1 -página 3 y 5 del 1° archivo ".pdf" respectivamente) -art. 96 Código Civil y Comercial según Ley 26.994-.
5º) Que con los diarios y recibos acompañados en formato ".pdf" a la presentación electrónica de fs. 19 (ver también presentación electrónica de fs. 18) consta haberse efectuado la publicación de edictos que prescribe el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., sobre cuyo resultado negativo informa el Sr. Actuario a fs. 20."
"Por ello, de conformidad con lo solicitado y lo dispuesto por los artículos 2337, 2424, 2426 y 2433 Código Civil y Comercial según Ley 26.994 y 735 y 737 del C.P.C.C., se declara en cuanto hubiere lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de NELLY CATALINA AGUEDA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos NELLY BEATRIZ STEFENON y AGUEDA y NORBERTO MARTIN STEFENON y AGUEDA y su cónyuge NESTOR MARTIN STEFENON a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que la ley le acuerda con respecto a los gananciales; y que por fallecimiento de NESTOR MARTIN STEFENON le suceden en carácter de universales herederos sus hijos NELLY BEATRIZ STEFENON y AGUEDA y NORBERTO MARTIN STEFENON y AGUEDA."
Adicionalmente el Tribunal ordena la registración electrónica, notificaciones automatizadas y detalla los requisitos para la inscripción de la declaratoria de herederos (certificado de inhibición, certificado de libre cesión, certificado de dominio, título de propiedad, valuación fiscal, declaración jurada patrimonial, pago de tasas, presentación y pago del impuesto a la transmisión gratuita de bienes o acreditación de su inexistencia), advirtiendo apercibimiento respecto del causante Néstor Martín Stefenon.
(No se registran votos en disidencia; la resolución aparece firmada por el juez ALFREDO ANIBAL VILLATA y el dispositivo final coincide con la síntesis precedente).
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Leyes que cita
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
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