MONTEROS JORGE OSCAR S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se solicita la aclaración y radicación de actuaciones en causa sucesoria intestada y se examinan otras sucesiones conexas para determinar la procedencia del sorteo. El Tribunal ordenó devolver las actuaciones a la Receptoria General de Expedientes Deptal. para que efectúe el sorteo correspondiente, por entender que las actuaciones fueron radicadas sin el sorteo y no se dan los extremos del art. 6º de la Acordada 2212/87 ni de arts.5 y 6 del C.P.C.C.
¿Quién es el actor?
Presentación electrónica efectuada por el Dr. Mayor, letrado patrocinante de los herederos.
¿A quién se demanda?
Se trata de actuaciones sobre la sucesión de Jorge Oscar Monteros; se mencionan además las sucesiones de Maria de la Asunción Medina y de Julia Elena Die y Edgardo Alberto Monteros como antecedentes conexos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita que se tenga presente las aclaraciones formuladas y se define la radicación/competencia/sorteo de las presentes actuaciones sucesorias, ante la concurrencia de causas previas.
¿Qué se resolvió?
Devolver las actuaciones a la Receptoria General de Expedientes Deptal. a efectos de que efectúe el sorteo correspondiente; notificar por Secretaría y remitir copia digital a los domicilios electrónicos indicados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por todo lo expuesto, siendo que el sucesorio de Maria de la Asunción Medina se encuentra concluido y que el causante no es heredero en el sucesorio de su hermano, y toda vez que las presentes actuaciones han sido radicadas sin efectuarse el sorteo correspondiente, en virtud del pedido de radicación por las causas precedentes aludidas, no dándose en la especie ninguno de los extremos previstos por el art. 6 º de la Acordada 2212/87 de la S.C.B.A. y arts. 5º y 6º del C.P.C.C., RESUELVO: Devolver las presentes actuaciones a la Receptoria General de Expedientes Deptal. a efectos de que efectúe el sorteo correspondiente.-"
"NOTIFÍQUESE POR SECRETARÍA, remitiéndose copia digital de la presente providencia a los domicilios electrónicos de las respectivas partes que se detallan a continuación:
R.G.E. Deptal.:
RECEPTORIA-MO@JUSBUENOSAIRES.GOV.AR
El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A."
(Voto o disidencia: no aparece voto dividido; la providencia es una resolución interlocutoria administrativa del Tribunal y el bloque dispositvo final es el que se ejecuta.)
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Normas que cita
- Ley AC. 2212/87 (S.c.b.a.)art. 6º
- C.P.C.C. (Provincia De Buenos Aires)arts. 5, 6
- Acordada 4013/2021 (S.c.b.a.)arts. Anexo Único, 10
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