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Primera Instancia

COREA NICOLAS, COREA ROSA ANA Y COREA TOMAS S/ SUCESION AB INTESTATO

El pedido fue una declaratoria sucesoria ab intestado para acreditar identidad y determinar herederos. El Tribunal declaró la identidad entre NICOLAS COREA y NICOLAS CARMELO COREA y, por fallecimiento de los causantes, declaró herederos universales a ANUNCIACION COREA, TOMAS COREA y ROSA ANA COREA y reconoció derechos a CATALINA SIA conforme a lo peticionado y normativa aplicable.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº11 - MORON
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
22932
Sucesion ab-intestato Declaratoria de herederos Identidad de persona Renaper Publicacion de edictos Codigo civil y comercial (arts. 3410 3545 3565 Cpcc (arts. 734 735 737 Herederos universales Registro / notificacion electronica

¿Quién es el actor?

Petición presentada por el Dr. Introcaso en representación de los presuntos herederos (ANUNCIACION COREA, TOMAS COREA, ROSA ANA COREA).

¿A quién se demanda?

No surge una parte demandada expresa en el auto; se tramita la sucesión ab-intestato de NICOLAS COREA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaratoria de identidad de persona (NICOLAS COREA / NICOLAS CARMELO COREA) y declaratoria de herederos ab-intestato de los causantes NICOLAS COREA, ROSA ANA COREA y CATALINA SIA; regularización sucesoria y determinación de quienes suceden por derecho.

¿Qué se resolvió?

Se admitió lo solicitado y, con los fundamentos invocados, se declaró identidad de persona entre NICOLAS COREA y NICOLAS CARMELO COREA; se registraron fechas de fallecimiento de los causantes; y se declaró por derecho y sin perjuicio de terceros la calidad de herederos universales conforme se detalla en el punto dispositvo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"1º) Teniendo en consideración lo normado por el art. 7 del C.C. y C. de la Nación, aprobada por ley 26.994, el derecho sucesorio del heredero ab intestato se rige por la ley vigente al momento de la muerte del causante (conf. Kemelmajer de Carlucci Aida 'La Aplicación del Código Civil y Comercial a las Relaciones y Situaciones Jurídicas Existentes', pag. 105/166 y sigts., Ed. Rubinzal Culzomi Editores, Santa Fe, 2015).-

2°) De conformidad con lo solicitado ante la documentación obrante, lo reiterado por la jurisprudencia en nuestros tribunales para casos análogos al presente y al sólo efecto del sucesorio, declárase en cuanto ha lugar por derecho que existe identidad de personas entre NICOLAS COREA Y/O NICOLAS CARMELO COREA, tratándose de una misma y única persona.

3°) Que de acuerdo a la información brindada por el RENAPER conforme RC 420/21 y RC 975/21 de la SCBA, se acreditan los fallecimientos de NICOLAS COREA ocurrido el día 9/9/1986, de ROSA ANA COREA ocurrido el día 11/8/1999 y CATALINA SIA ocurrido el día 28/11/2006.-

8º) Que con los diarios y recibos obrantes en autos se acredita la publicación de edictos que prevee el art. 734 inc. 2º del C.P.C.C., y de cuyo resultado negativo informa el Sr. Secretario en este acto, según lo dispuesto por el art. 116 del C.P.C.C. Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dispuesto por los arts. 735, 737 del CPCC, y arts. 3410, 3545, 3565, 3570 y ccs. del C.C., declárase en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de NICOLAS COREA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ANUNCIACION COREA, TOMAS COREA y ROSA ANA COREA y su cónyuge CATALINA SIA a quien se le declara heredar en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los que la ley le acuerda con respecto a los gananciales. Que por fallecimiento de ROSA ANA COREA le sucede en carácter de universal heredero su madre CATALINA SIA. Y que por fallecimiento de CATALINA SIA le suceden en carácter de universales herederos sus hijos ANUNCIACION COREA y TOMAS COREA. REGISTRESE.-"

(El Tribunal ordenó además la notificación conforme al art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.)

Leyes que cita

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