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Primera Instancia

BANCO COMAFI S.A. C/ SOUTTO LEANDRO ARIEL S/ COBRO EJECUTIVO

El actor promovió ejecución cambiaria por un préstamo bancario reclamando capital, intereses y IVA. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por capital de $902.249,03 y reconoció intereses conforme pacto pero limitados a la tasa activa corriente del Banco Provincia más 20%, rechazando la aplicación del IVA.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº10 - QUILMES
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
36347-25
Cobro ejecutivo Contrato de prestamo bancario Intereses pactados Limite tasa activa banco provincia +20% Iva (rechazo) Accion cambiaria Costas y honorarios Domicilio procesal constituido Cpcc (arts. aplicados) Fecha de mora 01/07/2024 (observacion: las normas y fallos se consignan tal como aparecen en la sentencia. donde la sentencia no aporta numero de expediente completo o referencias bibliograficas totales Los campos se completaron con la informacion textual contenida en el fallo.)

¿Quién es el actor?

BANCO COMAFI S.A.

¿A quién se demanda?

LEANDRO ARIEL SOUTTO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo (acción cambiaria) de capital, intereses pactados y en su caso IVA y gastos.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la aplicación del IVA sobre intereses; se ordenó proseguir la ejecución por el capital de PESOS NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON TRES CENTAVOS ($ 902.249,03) más intereses pactados que serán aplicados pero limitados a la tasa activa corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a 30 días más un 20%, calculados desde el 1 de julio de 2024 hasta el efectivo pago. Se impusieron las costas al ejecutado y se difirió regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I) Que no habiendo el ejecutado Leandro Ariel Soutto, opuesto excepciones legítimas dentro del término legal que tenía para hacerlo no obstante haber sido legalmente citado en el domicilio de calle '1523 Nº2370 UNIDAD Bº LA CAPILLA, FLORENCIO VARELA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES' (ver informe elaborado del oficial de justicia con fecha 25/9/2026), corresponde darle por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 150, 155 CPCC)."

"II) INTERESES: CONTRATO DE PRESTAMO BANCARIO: Que las partes pactaron en las cláusulas décima y décima primera los intereses que devengaría el documento base de la presente ejecución. De esta manera, la estipulación convencional de intereses resulta válida por regla general, conforme lo normado en los arts. 565 del Cód. de Comercio y 621, 622 y 1197 del Cód. Civil (actual 768 y cctes del CCCN) ; '....con la única limitación de no trasponer las fronteras éticas impuestas por las reglas de la moral y las buenas costumbres (arts. 21, 656 y 953 del Cód. Civil ) (CCQU 2022 RSI 111-98 I 13/8/98, Juez Señaris (SD) "Banco de la Provincia de Buenos Aires c/Lastra Fabian Hugo y ots. s/Preparación de vía ejecutiva"). La propia ley faculta a los jueces a reducir las penas -aún de oficio-, cuando su monto es desproporcionado con la gravedad de la falta que sancionan (art. 656, segundo párrafo, 1.197 y 1.198 primera parte del C.C.) (CC LP, B 68119 RSD-242- 89 S 23-11-89, Juez PEREYRA MUÑOZ (SD) 'Dezeo, Horacio c/Borgarelli, Carlos y otros s/Cumplimiento de Contrato MAG. VOTANTES: Pereyra Muñoz - Pera Ocampo'). En esta senda interpretativa, juzgo procedente, conforme circunstancias socio económicas actuales, respetar los intereses pactados sean compensatorios y/o moratorios, siempre que en su conjunto no superen la tasa activa corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos en pesos a treinta días, más un veinte por ciento (20 %) de ella ... desde la fecha de mora del préstamo personal con fecha 1º de Julio de 2024 al vencer la cuota impaga Nº 4 ... y hasta el efectivo pago."

"I.V.A.: Que la actora solicita en su escrito de inicio la aplicación del I.V.A., y siendo que, de conformidad con lo preceptuado por los arts. 52 y 103 del Dec. Ley 5965/63 el ejecutante en el presente proceso y en ejercicio de la acción cambiaria sólo se encuentra legitimado para reclamar el monto que surge de los instrumentos presentados, con más los intereses y, en su caso, los gastos del protesto si existiesen. Dentro del limitado marco ejecutivo, resulta imposible acceder a la pretensión encaminada a obtener el pago del impuesto al valor agregado (IVA), ya que no admite indagaciones sobre la causa de la obligación que dió origen al documento (Conf. Cám. Civ. , Sala I, QL, 615, RSI 110-96, I 1-10-96). Por lo expuesto, no procederá la adición del I.V.A. pretendida."

Dispositivo (extracto):

"FALLO: I) Rechazando la aplicación de IVA sobre intereses pedida II) Mandando llevar adelante la ejecución, hasta tanto el ejecutado LEANDRO ARIEL SOUTTO, haga al acreedor BANCO COMAFI SA, íntegro pago del capital reclamado de PESOS NOVECIENTOS DOS MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON TRES CENTAVOS ($ 902.249,03) con más los intereses que serán calculados respetando los intereses fijados sean compensatorios y/o punitorios, siempre que en su conjunto no superen la tasa activa corriente del Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento de documentos en pesos a treinta días, más un veinte por ciento (20 %) de ella, debiendo liquidarse desde la fecha de mora esto es, el día 1 de JULIO DE 2024 ... III) Imponiendo las costas del juicio al ejecutado (arts. 68 y 556 del C.P.C.C.). Difiriendo la regulación de honorarios hasta la oportunidad prevista por el art. 51 Ley 14.967; IV) Tener por constituido el domicilio procesal del demandado en los Estrados del Juzgado (art. 41 del CPCC)."

Normas que cita

  • 5965/63arts. 52, 103
  • Cód. de Comercioart. 565
  • Cód. Civilarts. 21, 621, 622, 1197, 656, 953, 1.198
  • CCCN (actual)art. 768 y cctes
  • CPCC (o CPCC local) (Provincia De Buenos Aires)arts. 116, 150, 155, 518, 545, 546, 549, 41, 68, 556
  • Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)art. 51
  • Ac. 4013/21 (texto ordenado según Ac. 4039/21) (Scba)arts. 10, 13 (1er párr.)
  • Ley 26.994

Fallos que cita

  • CCQU 2022 RSI 111-98 I 13/8/98 (Banco de la Provincia de Buenos Aires c/Lastra Fabian Hugo y ots. s/Preparación de vía ejecutiva)Cám. Civ. y Com. Quilmes · 13/08/1998
  • Dezeo, Horacio c/Borgarelli, Carlos y otros s/Cumplimiento de ContratoCám. ??? (referencia CC LP, B 68119 RSD-242-89) · 23/11/1989
  • (Conf. Cám. Civ., Sala I, QL, 615, RSI 110-96, I 1-10-96)Cám. Civ. y Com. Quilmes Sala I · 01/10/1996

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