IZZA EDGARDO DANIEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor demandó a ANSES por reajustes varios y cuestionó la aplicación de la ley 27.609, topes y la actualización de la PBU. La Cámara hizo lugar parcialmente a los recursos, rechazó el reclamo sobre la inconstitucionalidad de la ley 27.609, diferió para ejecución el cuestionamiento sobre topes de haberes y confirmó la sentencia en lo demás, con costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
Izza Edgardo Daniel (actor)
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes varios de la Prestación Básica Universal (PBU) y demás componentes previsionales; impugnación de normas (entre ellas la ley 27.609), aplicación de topes de haberes y ajustes de haberes y bonos/refuerzos.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, hizo lugar parcialmente a los recursos de apelación deducidos por ambas partes. En consecuencia: a) dejó sin efecto el diferimiento respecto de la inconstitucionalidad de la ley 27.609 y rechazó el reclamo en ese punto; b) diferió para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre la aplicación de topes de haberes (incluido el planteo respecto del precedente “Villanustre”); c) confirmó lo resuelto sobre costas en la instancia de grado conforme al art. 68 del CPCCN, sujetando la configuración de costas a lo que surja de la liquidación; 2) confirmó la sentencia en lo demás materia de agravios; 3) impuso costas por su orden en la Alzada; y 4) fijó honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior (art. 30 ley 27.423).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU..."
2) "Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—)... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
3) Sobre control de constitucionalidad: "la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones... no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados... no se evidencia irracionabilidad manifiesta, por lo que no se encuentra vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
4) Sobre diferimiento de topes: "por razones de celeridad y economía procesal, ha de diferirse para la etapa de ejecución el tratamiento de los agravios dirigidos contra... aplicación de topes de haberes –incluido el planteo respecto a la doctrina del precedente ‘Villanustre’- que fueron oportuna y fundadamente cuestionados en la demanda, pues es en ese momento donde se puede demostrar en el caso el perjuicio concreto..."
¿Cómo votaron los jueces?
La resolución fue adoptada por mayoría. La Dra. Braghini "deja a salvo su opinión" en determinados puntos (exposición de criterios distintos respecto de índices aplicables y algunas cuestiones de inconstitucionalidad y topes), pero la Parte Resolutiva expresa la decisión de la mayoría.
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Normas que cita
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.423art. 36; 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.241art. 9; 25; 26; 17 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Resolución SSS 06/09art. 14 inc. 2
- CPCCNart. 68; arts. 68-77; art. 271 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Constitución Nacionalart. 14 bis; art. 75 inc. 22; art. 75 inc. 23 · Constitucion nacional
- Acordada 10/25 (Csjn (organiz.))
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