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Primera Instancia

BOUR HEBER HUMBERTO (30) C/ ALVARADO SOLEDAD DEL VALLE Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El actor solicitó el beneficio de litigar sin gastos para intervenir en causa por daños y perjuicios automovilísticos. El Tribunal concedió el beneficio sin tener que satisfacer gastos o costas mientras no mejore de fortuna, fundado en las constancias probatorias y la falta de contestación al traslado conforme los arts. 78, 79 y 81 del CPCC.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 5 - LA MATANZA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
LM-12195-2026
Beneficio de litigar sin gastos Incidente Danos y perjuicios automovilisticos Art. 84 cpcc Arts. 78-79-81 cpcc Sintys Declaracion jurada Notificacion electronica Costas Provincia de buenos aires

Quién demanda (Actor)

BOUR HEBER HUMBERTO (actor y solicitante del beneficio).

A quién se demanda (Demandado)

ALVARADO SOLEDAD DEL VALLE y otro/a (demandados en la causa principal: "BOUR HEBER HUMBERTO (40) C/ ALVARADO SOLEDAD DEL VALLE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)").

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

El expediente principal es una acción por daños y perjuicios automovilísticos (culpa o muerte), y en el presente incidente se solicitó el beneficio de litigar sin gastos para el actor.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Se concedió a Heber Humberto Bour el beneficio de litigar sin gastos con el alcance legal y conforme al art. 84 del Código citado, permitiéndole litigar sin satisfacer gastos o costas judiciales mientras no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en dicho artículo. Se ordenó registrarse y notificarse electrónicamente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que atento haberse solicitado en autos el beneficio de litigar sin gastos para actuar en los autos de marras, a tal fin, valoro las declaraciones testimoniales obrantes en fecha 7 de abril de 2026, lo informado por el SINTyS en fecha 7 de abril de 2026 y la declaración jurada obrante en fecha 7 de abril de 2026.

Consecuentemente y atento la falta de contestación al traslado oportunamente conferido (ver fecha 17 de septiembre de 2026), de conformidad con lo dispuesto por los arts. 78, 79 y 81 del CPCC;"

"RESUELVO:

Conceder a Heber Humberto Bour, el beneficio de litigar sin gastos requerido con el alcance que determinan las disposiciones legales indicadas y el art. 84 del Código citado, pudiendo en consecuencia litigar en los autos caratulados 'BOUR HEBER HUMBERTO (40) C/ ALVARADO SOLEDAD DEL VALLE Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)', sin tener que satisfacer el pago de los gastos o costas judiciales, en tanto no mejore de fortuna, con la salvedad establecida en citado artículo."

Se consignan como probanzas decisivas: declaraciones testimoniales del 7/4/2026, informe del SINTyS del 7/4/2026 y declaración jurada del 7/4/2026; además se tuvo en cuenta la falta de contestación al traslado de fecha 17/9/2026.

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