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Primera Instancia

REYES LEON, MARIA VALENTINA DEL MILAGRO s/SOLICITUD DE CARTA DE CIUDADANIA

Solicitud de carta de ciudadanía: se declaró ciudadana argentina a María Valentina del Milagro Reyes León. El Juzgado consideró acreditadas las condiciones constitucionales y legales y concedió la ciudadanía, condicionando la emisión del título al juramento de fidelidad y advirtiendo sobre la obligación de enrolarse y la posible cancelación por fraude conforme al art. 15 del Decreto 3213/84.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL 4- SECRETARIA Nº 7
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 002155/2025
Ciudadania Carta de ciudadania Incorporacion Decreto 3213/84 Juramento Enrolamiento Nacion argentina Extranjeria Dni Ministerio publico fiscal

¿Quién es el actor?

MARIA VALENTINA DEL MILAGRO REYES LEON (peticionante).

¿A quién se demanda?

(trámite administrativo judicializado para la otorgación de la carta de ciudadanía; no figura una parte demandada específica).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Solicitud de carta de ciudadanía argentina (solicitud de incorporación a la ciudadanía argentina).

¿Qué se resolvió?

Se declaró ciudadana argentina a MARIA VALENTINA DEL MILAGRO REYES LEON, DNI 92.992.107, nacida el 17/06/1999 en Valencia, Venezuela; se ordenó extenderle el título respectivo bajo la condición de que preste juramento de fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes, y se la notificó de la obligación de enrolarse dentro de los doce meses, advirtiendo que, de conocerse con posterioridad algún impedimento legal, corresponderá la cancelación de la ciudadanía conforme al art. 15 del Decreto 3213/84. Se ordenó la comunicación al Registro Nacional de las Personas, a la Cámara Nacional Electoral-Registro de Cartas de Ciudadanía, a la Dirección Nacional de Migraciones y al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto; regístrese, publíquese, notifíquese al Sr. Fiscal Federal y archívese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que en estos autos se han acreditado las condiciones prescriptas por la Constitución, la ley N° 346 y su decreto reglamentario para la incorporación de extranjeros a la Ciudadanía Argentina."

"Por ello, teniendo en cuenta la expresa intervención del Ministerio Público Fiscal en fecha 6/08/2026 y habida cuenta la manifestación de voluntad expuesta por la persona peticionante en el formulario de fecha 26/02/2025, RESUELVO: Declarar ciudadana argentina a MARIA VALENTINA DEL MILAGRO REYES LEON, D.N.I. Nº 92.992.107, nacida el 17 de junio de 1999, en Valencia, Carabobo, República Bolivariana de Venezuela, de nacionalidad venezolana, hija de Edwin Emilio REYES ROJAS (padre) y de Ketty Milagro LEON de REYES (madre), a quien se le extenderá el título respectivo, siempre que bajo juramento comprometa su fidelidad a la República, su Constitución y sus Leyes; haciéndole saber la obligación de enrolarse dentro de los doce meses y que, en el supuesto de conocerse con posterioridad a la concesión de la ciudadanía argentina, la existencia de algún impedimento legal, sobrevendrá la situación prevista en el art. 15 del Decreto 3213/84, que determinará la cancelación de la ciudadanía, por haber mediado fraude y/u ocultamiento de datos en el trámite de su obtención."

¿Cómo votaron los jueces?

no constan votos en disidencia; la parte resolutiva final es la decisión del tribunal.

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