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Primera Instancia

SUCESORES DE LUKSAS, VICTOR HUGO C/ PRESUNTOS HEREDEROS DE JOSE MARCOS GARCIA S/ USUCAPION

Aclaración de sentencia en causa de usucapión sobre inmueble en Honduras 1631, Valentín Alsina, para incorporar número de plano de mensura y ordenar la inscripción registral. El Tribunal hizo lugar al pedido de aclaratoria y dejó sentado que debe cancelarse el dominio original y registrarse el dominio conforme al plano PH p 25 - I - 2008, Partida Inmobiliaria 125435.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº 2 - LOMAS DE ZAMORA
Fuero
CIVIL Y COMERCIAL (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
62865
Usucapion Aclaratoria Inscripcion registral Plano de mensura ph p 25 I 2008 Cancelacion de dominio Partida inmobiliaria 125435 Cpcc (arts. 34 36 Valentin alsina Bienes inmuebles Unidad funcional

¿Quién es el actor?

SUCESORES DE LUKSAS, VICTOR HUGO.

¿A quién se demanda?

PRESUNTOS HEREDEROS DE JOSE MARCOS GARCIA.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Usucapión sobre inmueble sito en Honduras 1631, unidad funcional Nº 2, Valentín Alsina, partido de Lanús.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la aclaratoria solicitada y se aclaró la sentencia de fecha 26/02/2013 para incorporar el número de plano de mensura y ordenar la cancelación del dominio original e inscripción del dominio conforme al plano indicado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"A partir de los términos de la presentación a despacho se advierte que en la sentencia dictada a fs. 393/396 de fecha 26 de febrero de 2013 se ha incurrido en omisión que corresponde sea subsanada en éste acto, en uso de las facultades otorgadas al Suscripto por los artículo 34 y 36 del C.P.C.C.-"

"Corresponde dejar establecido que al dictar pronunciamiento anteriormente referido se ha incurrido en omisión, ello, dado que no fue incluido el número de plano de mensura del bien objeto de autos; el que se halla digitalizado - en formato PDF - al trámite del día 17/09/2024."

"En virtud de ello se aclara que, se ha declarado adquirido en favor de la actora el cincuenta por ciento indiviso del inmueble sito en Honduras 1631, unidad funcional Nº 2, de Valentín Alsina, partido de Lanús, designado catastralmente identificado bajo Circunscripción I, Sección C, Manzana 75, Parcela 19, Unidad Funcional 2;"

"Por ello RESUELVO: Aclarar la sentencia dictada en éstos obrados en fecha 26 de febrero de 2013, en el sentido de dejar establecido que deberá procederse a la cancelación del dominio original y proceder a la inscripción del dominio designado según plano de mensura PH p 25 - I - 2008 bajo Circunscripción I, Sección C, Manzana 75, Parcela 19, Unidad Funcional 2, Partida Inmobiliaria 125435, a cuyo fin habrá de librarse, la documentación pertinente. REGISTRESE con su antecedente y Notifíquese (art 135 del C.P.C.C)."

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