PIEDELOBO TEODORO S/ SUCESIONAB INTESTATO
El pedido de declaratoria de herederos por fallecimiento de Teodoro Piedelobo y la pretensión de que su prima sea reconocida como heredera. El Tribunal declara que por fallecimiento de Teodoro Piedelobo le sucede en el carácter de heredera su prima Hortensia Rodriguez Rollan, conforme pruebas documentales y lo dictaminado por el Agente Fiscal.
¿Quién es el actor?
Solicitud de declaratoria de herederos promovida a fs. indicada en autos, con intervención y dictamen del Agente Fiscal.
¿A quién se demanda?
No existe demandado concreto en la causa de declaratoria de herederos.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaratoria de herederos por el fallecimiento de TEODORO PIEDELOBO.
¿Qué se resolvió?
Se declara que, por fallecimiento de TEODORO PIEDELOBO, le sucede en el carácter de heredera su prima HORTENSIA RODRIGUEZ ROLLAN. Cesa la intervención del Agente Fiscal. Notifíquese y Regístrese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Se ha acreditado en autos:
Primero: Con el certificado de fs. 9, el fallecimiento de TEODORO PIEDELOBO, ocurrido en la localidad de Felipe Sola, provincia de Buenos Aires el 14 de noviembre de 1993.-
Segundo: Con el certificado adjunto al escrito de fecha 15/12/2025, el nacimiento de Teodoro Piedelobo, hijo de Baldomero Piedelobo y Francisca Rollan, ocurrido el 21 de julio de 1923, en la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-
Con el certificado adjunto al escrito de fecha 15/12/2025, el nacimiento de la madre del causante Francisca Rollan Martin, hija de Eleuterio Rollan y Cayetana Martin, ocurrido el dia 3 de diciembre de 1886 en San Lorenzo de Tormes, provincia de Avila, España, y el nacimiento de María de las Mercedes Rollan, hija de Eleuterio Rollan y Cayetana Martin, ocurrido el día 24 de septiembre de 1890 en San Lorenzo de Tormes, provincia de Avila, España.-
Con el certificado adjunto al escrito de fecha 15/12/2025, el nacimiento de Hortensia Rodriguez Rollan, hija de María de las Mercedes Rollan y Segundo Rodriguez, quien resulta a su vez hermana de Francisca Rollan, ocurrido en fecha 12 de julio de 1930, en la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires. Y con el certificado adjunto en fecha 4/09/2025, el nacimiento de María Esther Rodriguez, hija de María de las Mercedes Rollan y Segundo Rodriguez, ocurrido el 8 de febrero de 1920, en la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
Tercero: Con el certificado adjunto al escrito de fecha 15/12/2025, el fallecimiento de Francisca Rollan, ocurrido el 13 de julio de 1978, y el fallecimiento de Martín Baldomero Piedelobo, ocurrido el 28 de febrero de 1941, ambos en la localidad de Bahía Blanca provincia de Buenos Aires.-
Con el certificado adjunto al escrito de fecha 4/09/2025, el fallecimiento de Maria Esther Rodriguez, ocurrido el 7 de diciembre de 1984, en la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-
Con el certificado adjunto al escrito de fecha 15/12/2025, el fallecimiento de María de las Mercedes Rollan, ocurrido el 3 de febrero de 1965 y el fallecimiento de su cónyuge Segundo Rodriguez, ocurrido el 31 de marzo de 1943, ambos en la localidad de Bahía Blanca.-
Con el certificado adjunto al escrito de fecha 15/12/2025, el fallecimiento de Hortensia Rodriguez Rollan, ocurrido el 23 de julio de 2010, en la localidad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.-
Cuarto: Con los recibos y ejemplares de diarios obrantes a fs.26/29 se justifica que se dio cumplimiento con la publicación de edictos ordenada a fs.21 .-
Cuarto: Con los informes de fs.24 se dio cumplimiento con la ley 7205 y con los de fs.33/34 con lo dispuesto por el art. 724 del C.P.C. modificado por la ley 11511.-
Por ello, conforme lo pedido, lo dictaminado a precedentemente por el Agente Fiscal en fecha 6/10/2026 y lo dispuesto por los art. 3585 del Código Civil (ley 340), se declara en cuanto hubiere lugar por derecho, que por fallecimiento de TEODORO PIEDELOBO le sucede en el carácter de heredera su prima HORTENSIA RODRIGUEZ ROLLAN,.
Cese la intervención del. Agente Fiscal. Notifíquese y Regístrese (res. 921/21 la S.C.J.B.A.)"
(Se transcriben textualmente los pasajes citados del cuerpo decisorio y de los considerandos que contienen los fundamentos y la documentación probatoria).
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Normas que cita
- Ley 7205 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 11511 (Provincia De Buenos Aires)
- Ley 340art. 3585 · Codigo civil
- CPC (Provincia De Buenos Aires)art. 724
- Resolución 921/21 (S.c.j.b.a.)
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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