TABORDA, DAVID MARCELO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor reclamó retiro por invalidez previsto en el art. 49 p.4 de la Ley 24.241 contra ANSES. La Cámara Federal de la Seguridad Social declaró formalmente admisible la apelación y confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central, con costas por su orden.
¿Quién es el actor?
TABORDA, DAVID MARCELO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo contra el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró no acreditado el requisito de invalidez para acceder al beneficio de retiro por invalidez (art. 49 punto 4 Ley 24.241).
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró formalmente admisible el recurso de apelación y confirmó lo resuelto por la Comisión Médica Central. Impuso costas por su orden (art. 68, segundo párrafo CPCCN) y ordenó cumplimiento de la publicación dispuesta por la CSJN en la Acordada 10/25.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que, atento las particulares circunstancias del caso y sin perjuicio de lo dispuesto por el art. 49 punto 4 de la ley 24241, las actuaciones fueron remitidas al Juzgado Federal con jurisdicción en el domicilio del actor para producir la medida ordenada en autos. Ese informe se produjo en fecha 27/08/2026, que en base a las consideraciones médico legales que desarrolla, concluye reconociendo la existencia de una incapacidad laborativa a los fines previsionales del 25,69%."
"Que, el informe en cuestión ha de ser tenido por válido y determinante de la verdad jurídica objetiva que permita decidir la cuestión planteada, habida cuenta de la seriedad del organismo del que emana y los amplios fundamentos en que se basa; no habiendo sido desvirtuado por las partes tras el traslado conferido del informe."
"La solución propiciada concuerda con la discernida por la C.S.J.N. en situaciones análogas, como ser, entre otras, por sentencia del 26.12.17 in re RECURSO DE HECHO 'SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)'."
¿Cómo votaron los jueces?
No constan votos en disidencia; la Parte Resolutiva es la decisión de la Cámara y prevalece sobre propuestas individuales.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 49, p.4 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- CPCCNarts. 68, segundo párrafo · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 10/25 (Csjn)
Fallos que cita
- "SOSA C/ ANSES S/ RETIRO POR INVALIDEZ (ARTICULO 49 P4 LEY 24241)"CSJN · 26/12/2017
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