BARRIENTOS HÉCTOR FRAMILIO C/ LA SEGUNDA ART S.A S/APELACIÓN ART. 46 LEY 24557
El perito médico apeló la providencia que rechazó su pedido de intimar a La Segunda ART al pago de $90.335,42 y la condena en costas a la demandada. La Cámara declaró mal concedido el recurso por no superar el monto mínimo de apelación (62 veces la tasa de justicia) y confirmó lo decidido en primera instancia.
Actor/Recurrente: Héctor Framilio Barrientos (en el expediente, el reclamo principal es de su parte; el recurso fue interpuesto por el perito médico).
¿A quién se demanda?
La Segunda ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pedido de intimación a La Segunda ART para que abone la suma de $90.335,42 al perito médico, y cuestionamiento sobre la imposición de costas.
¿Qué se resolvió?
Declarar mal concedido el recurso de apelación y confirmar la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios. Costas por su orden (art. 78.2 CPCC). Honorarios de la asistencia letrada del recurrente fijados en el 30% y de la demandada en el 35% de lo establecido en la instancia anterior (art. 39 ley 1384).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el examen de admisibilidad formal del recurso, precede a los aspectos sustanciales que lo contienen y, de acuerdo a nuestro diseño procesal ha de llevarse a cabo en dos oportunidades: primero en la instancia de grado donde es interpuesto y luego en esta Alzada."
"el monto cuestionado por el el perito recurrente, no logra superar el valladar dispuesto en el artículo 272.2 del CPCC, es decir, el equivalente a 62 veces la tasa de justicia para monto indeterminado... el monto de los agravios debía superar la suma de $ 279.000."
"la decisión cuestionada no versa sobre la fijación o quatum de los emolumentos correspondientes a su asistencia letrada sino a quien le cabe afrontar el pago de los que ya fueran definitivamente acordados; por consiguiente, no rige la excepción a la limitación pecuniaria establecida en el último apartado del dispositivo legal citado, que refiere a las regulaciones de honorarios."
¿Cómo votaron los jueces?
La jueza Luciana María Gutierrez propuso la solución, adhiriendo los jueces Francisco Cappellotti y Daniel Osvaldo Satini. Decisión unánime.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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