GONZALEZ, RAUL HORACIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El jubilado Raúl Horacio González demandó a la ANSES reclamando el recálculo de su haber inicial y el reajuste de su movilidad previsional. El Juzgado Federal N° 1 de Bahía Blanca hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró prescriptas las diferencias anteriores al 23/4/2023, declaró la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y dispuso la movilidad por IPC para el período marzo 2022 a diciembre 2023.
¿Quién es el actor?
Raúl Horacio González, con patrocinio de la Dra. Vanesa Romina Schneider.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recálculo del haber inicial (redeterminación de la PBU) y reajuste por movilidad del beneficio previsional (jubilación nro. 14-0-9124642-0-4, otorgada bajo la ley 24.241), con sumas retroactivas, intereses y costas. Se cuestionaron las leyes 27.541 y 27.609 y, por ampliación, el decreto 274/24 y la retención del impuesto a las ganancias.
¿Qué se resolvió?
El tribunal hizo lugar a la demanda y dispuso la redeterminación del haber inicial y su movilidad. Hizo lugar a la excepción de prescripción, declarando prescriptas las diferencias devengadas antes del 23/4/2023. Respecto de la movilidad: (a) para diciembre de 2020 el haber se integra con la diferencia entre el aumento percibido y el 42,13% de la ley 27.426; (b) se declara la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609 y se moviliza el beneficio trimestralmente por IPC acumulado para marzo 2022 – diciembre 2023; (c) se rechaza el planteo sobre el decreto 274/24 por no acreditarse perjuicio. Rechazó el reajuste de la PBU por no acreditarse confiscatoriedad. Respecto del impuesto a las ganancias, en caso de que el haber reajustado supere el mínimo no imponible, declaró la inconstitucionalidad del art. 79 inc. c de la ley 20.628 (actual art. 82 inc. c, T.O. decreto 824/2019), extendiéndola a retroactividades e intereses. Impuso costas a la demandada vencida y difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la PBU: "corresponde al Poder Legislativo en su carácter de órgano representativo de la voluntad popular, establecer el índice para la actualización de los salarios computables para el cálculo del haber inicial mientras que en el caso, el accionar jurisdiccional debe limitarse al control de razonabilidad de la actualización dispuesta por el legislador"; "la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y ultima ratio del orden jurídico".
Sobre la movilidad de la ley 27.609: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 1 de la ley 27.609. En consecuencia se debe movilizar el beneficio de autos en forma trimestral por el período Marzo 2022 - Diciembre 2023, ambos inclusive, mediante el índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado del trimestre".
Sobre el decreto 274/2024: "corresponde rechazar el planteo referido al decreto 274/2024 por no haberse acreditado el perjuicio sobre el haber previsional objeto de autos".
Sobre la prescripción: "por aplicación del art. 82 de la ley 18.037, declarar prescriptas las diferencias devengadas con anterioridad al 23/4/2023, según el plazo de dos años que marca la norma citada".
Sobre ganancias: "someter a la parte actora a un nuevo proceso judicial para debatir la cuestión implicaría un desgaste temporal y jurisdiccional contrario a los derechos y obligaciones que surgen tanto de la 'Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores'".
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 20 inc. b, 32 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.541Emergencia publica
- Ley 27.609art. 1 · Indice de movilidad jubilatoria
- Decreto 274
- Ley 27.426art. 3 · Reforma previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 20.628art. 79 inc. c · Impuestos a las ganancias
- Ley 24.463art. 22 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153Solidaridad previsional
- Ley 27.700Convencion interamericana sobre proteccion de derechos humanos de las personas mayores
- Constitución Nacionalart. 1 · Constitucion nacional
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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