JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Maria Griselda Terenzani

Se trata de una cuestión de competencia en una causa penal por el enganche clandestino de un aparato telefónico a una línea de ENTel. El criterio sumarizado establece que ese hecho corresponde al fuero federal porque afecta a una empresa nacional que presta servicios interjurisdiccionales, sin importar si hubo o no perjuicio patrimonial.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 311:488
Competencia federal Causa penal Enganche clandestino Aparato telefonico Entel Servicios interjurisdiccionales Empresa nacional Fuero de excepcion Perjuicio patrimonial

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO (no surge del fragmento)

Demandado / imputado: DESCONOCIDO (no surge del fragmento)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

causa penal por enganche clandestino de un aparato telefónico a una línea asignada a un abonado de ENTel.

¿Qué se resolvió?

según el sumario, el hecho debe catalogarse entre los que entorpecen el buen desempeño de una empresa nacional afectada a servicios interjurisdiccionales, por lo que su conocimiento corresponde al fuero de excepción (federal). Esto rige aunque el patrimonio nacional no haya sufrido perjuicio o aunque no esté probado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fragmento no incluye considerandos ni citas textuales del tribunal más allá del sumario transcripto arriba.

¿Cómo votaron los jueces?

DESCONOCIDO

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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